Coincido plenamente con las acertadas respuestas de mi compañero Vmlex.
Tan solo quisiera hacer una pequeña matización, y es que (como el contrato se ha firmado después del 2013) la subida de la renta es la que se haya pactado en el contrato y si no se ha pactado nada no puede subirse nada, ni siquiera el IPC.
1 y 2. Sí debes recogerlo para defenderte de lo que sea y poder contestarlo.
3. Claro que tiene vigencia, firmastes por 5 años y dura hasta el año 2019 y tu arrendador no puede subirte el alquiler mas de lo que haya variado el IPC.
4.En mi opinión NO, puesto que no se ha hecho nada que cuyo error provoque un perjuicio en la otra parte, salvo la cláusula que diga la Ley por la que se rige el contrato. En lo demás no hay un perjuicio ocasionado por el error en la Ley aplicable, pues la duración podía haber sido menor, o pactar algún tipo de actualización ¿y pasados 4 años es cuando ve su error?
De cualquier modo espera que lo confirme algún otro compañero para estar mas seguros pues la pregunta de la nulidad es algo complicada y mejor asegurar.
Buenas Tardes a todos,
Tengo un contrato de alquiler firmado como arrendatario en octubre del 2014, dicho contrato tiene una duración de 5 años con tres años adicionales y está sometido como dice en el contrato por la ley 29/1994 del 24 de noviembre (no por la nueva ley de junio del 2013 a pesar que se firmo posteriormente a esa fecha), el arrendador desea subirme el canon de arrendamiento en 100 euros al mes a partir de octubre 2017 y no seguir con el contrato actual exponiendo precisamente que la LAU cambió en junio del 2013 y por consecuencia quiere establecer las condiciones de la nueva ley a pesar que esta por ningún lado del contrato es mencionada. Obviamente yo no acepté porque tengo un contrato firmado y vigente hasta octubre del 2019 y sometida a la ley 29/1994, en el mismo hemos acordado la duración de 5 años de vigencia mas tres de prórroga. Al no aceptar su petición me envió un burofax que todavía no he recogido de la oficina de correos, el arrendador me amenazó que va acudir judicialmente contra mi.
Mis preguntas son:
¿ Que debo de hacer al respecto?
¿ Debo recoger el burofax?
¿ Tiene vigencia mi contrato actual firmado en octubre del 2014 o por el contrario debo ceñirme a las exigencias del arrendador?
¿ Por la fecha de la firma del contrato (octubre 2014) es posible la nulidad tácita de mi contrato actual?
Me interesaría su asesoramiento y consejos
Gracias de antemano
Inocencio Martin Hernandez