Hola, actualmente tenemos un contrato de alquiler de un local en un centro comercial el cual tiene una dureción de 3 años. Ahora mismo llevamos casi un año. A la firma entregamos un aval y una fianza.
Ahora el negocio no funciona bien y no podemos hacer frente al pago del alquiler todo el tiempo que dura el contrato por lo que nos hemos decantado por cerrar la tienda.
Mi pregunta es si el arrendatario decide llevarnos a los tribunales ¿que resolucion se suele tomar en estos casos? ¿nos obligaria el tribunal a pagar el 100% del alquiler del tiempo restante aunque la tienda permanezca cerrada?
Nunca hemos debido ninguna mensualidad y nos vamos porque no podemos hacer frente a los pagos y mantener la tienda funcionando.
en primer lugar deben estar a lo estipulado en el contrato de arrendamiento para el caso de resolución anticipada del mismo.
Si no pactaron nada, el arrendador puede, aceptar la resolución y no pedir indemnización; aceptarla y pedir indemnización cuya cuantía, si no se estipuló nada en el contrato vendrá determinada por los daños y perjuicios que alegue y pruebe causarle dicha resolución; y por último puede exigir el cumplimiento y si no es posible exigir una indemnización en los términos indicados.
En mi opinión es poco probable que exija judicialmente un cumplimiento del contrato, ya que corre el riesgo de que no se le pague la renta y se tenga que meter en un procedimiento de desahucio, con posibles pérdidas económicas si no tiene muchas posibilidades de recuperar la renta debida.
Lo más probable es que exija una indemnización por los daños y perjuicios que la resolución anticipada del contrato le ocasione, pero como le he indicado el importe de dichos daños debe ser acreditado.