Buenas tardes.
Explico mi situcion.
Hace3 meses alquile una casa en un pueblo. La casa, cuando vine a visitarla para interesarme por ella, me pareció correcta y firme un alquiler de 5 años con una penalización de 1mes por año si se rescindía el contrato antes. También en el contrato pone que me tengo que hacer cargo de los pequeños arreglos que la casa necesite.El contrato empezó en Septiembre 2020 y unos días antes, al empezar a mudarme, me di cuenta de que la casa tenía bastantes insuficiencias y como la casa es para mi y mi hijo, hable con los dueños a ver si me dejaban echarme atrás, no fue así, me penalizaban con los 2 meses que les había dado de fianza al estar ya firmado el contrato.
Llevo en esta casa 3 meses y paso a detallarles los vicios( no se si ocultos o no) que tiene.
-EL aislamiento térmico es mínimo, cuando hay diferencia de temperatura entre la casa y la calle, las paredes y el suelo se humedecen, de tal forma que puede estar horas mojado, con ventanas abiertas, igualmente.
-Los espejos y cristales se empañan durante horas,
Para evitarlo, tengo que tener las ventanas abiertas durante horas y horas.
En el patio había un techo de amianto que me han quitado, pero no de la forma "legal" no se si puede haber restos o no.
El desague del fregadero esta roto, pierde agua.
El desague del lavado del baño, esta roto, pierde agua
Hay una mancha constante de humedad en el pasillo, en el techo, como si fuese una gotera( pero no gotea) , que ha salido hace 2 meses y no se quita.
La cocina de carbón no esta en condiciones de ser usada, esta parte rota y el tiro es insuficiente.
La cocina de butano me la dieron sin pasar revisión y con la goma caducada de 2018. Al pedirles que la cambiasen, me dijeron que me correspondia a mi.
La casa tiene calefaccion a gasoil, pero tal y como esta el aislamiento es como abrir una ventana y tirar un billete de 20 a la calle todos los días.
Cuando quise rescindir el contrato, el abogado del dueño me dijo, que si no cumplía, iba a ir contra mi con todo lo que pudiese, que o aceptaba irme en esos momentos( justo unos días antes del 1 septiembre que entraba en vigor el contrato) dejándoles los 800€ de fianza como penalización o que iría a por mi con todas sus fuerzas y recursos,( el abofado es el sobrino del dueño)si no cumplia.
Aquí vivo yo, mama monomarental con un hijo de 5 años.
Ms preguntas son:
¿Como puedo hacer para rescindir este contrato sin que me penalicen por ello?.
¿Cuales son mis derechos actuales y que armas tengo para defenderme?
Tengo fotos y videos de todo lo que aquí explico.
También decir, que el dueño, cada vez que le comunico un problema, me dice que llame a quien tenga que llamar para arreglarlo, pero claro, yo trabajo y no puedo estar aquí esperando un dia tras otro a que arreglen todo lo que necesita esta casa, que bajo mi experiencia no esta para ser alquilada.
Los dueños viven en otra ciudad.
Gracias
Para darle una respuesta compacta y entendible voy a resumir mucho las consideraciones:
1.- En general todas esas reparaciones corresponden al casero.
2.- Si el piso está tan, tan mal debería considerar irse de él incluso perdiendo esos 800 euros.
3.- Para poder irse sin perder esa cantidad no le va a quedar más remedio que marcharse y demandar al casero para que le devuelvan esos 800 euros. El pleito en si no es difícil, pero hay que tener en cuenta varios puntos:
Primero.- El fundamento legal para poder irse se encuentra en el art. 1124 del Código Civil, a cuyo tenor:
"La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible."
En plata: que como la vivienda es inhabitable ud. puede resolver el contrato sin esperar los plazos.
Segundo.- Ahora bien: no le quepa duda de que la parte contraria intentará cobrarle la indemnización por resolución anticipada. Si firmó con una duración inicial de 5 años van a reclamarle 4 meses de renta de indemnización. Y eso si se va después de los 6 meses. Si se va antes le pedrian esos 4 meses mas los meses que queden desde que se vaya hasta cumplir 6. Por ejemplo si se va hoy le pediran 4 3 = 7 meses.
Tercero.- En principio para poder demostrar que la vivienda es inhabitable o insalubre haría falta el dictámen de un perito (por ejemplo un aparejador) y eso correría de su cuenta. Otra posibilidad es hacer videos y fotos y recopilar los whatsapp y enseñárselos al juez para que este vea que efectivamente aquello es inhabitable incluso sin que lo diga un perito, simplemente porque "no está en condiciones".
Cuarto.- Ese pleito de 800 euros es inferior a 2000 y por tanto ud. no necesitaría ni abogado ni procurador, pero puede que si la parte contraria interpone una reconvención contra ud. dicha reconvención sea superior a esos 2000 euros y termine ud. necesitando abogado y procurador.
Quinto.- Otra posiblidad es intentar obtener justicia gratuita y dentro de dicho trámite pedir una pericial, pero para creo que para eso hace falta primero interponer la demanda con lo cual puede que después de interpuesta no le den dicho beneficio y tenga ud. que renunciar a la pericial. Lo menos malo sería recopilar esas fotos y videos e incluso llevar algún testigo que quisiera luego corroborar en juicio lo que diga ud. en su demanda.
Muchas gracias por su respuesta.
No se trata de los 800€ Lo que me da , es que van a ir a por mi, no por 800, sino por todo lo que puedan y mas. Me da miedo incluso que inventen y quieran daños y perjuicios ...no lo se. Como le digo la amenaza esta ahí y no son 800€ si pueden me van aintentar sacar 3000 o 5000 , lo que se les ocurra.
Si, pero el juez no va a dictar sentencia basándose en las ganas que le tengan o le dejen de tener. Al final eso es irrelevalente.
Fijese mejor en los datos técnicos que le doy porque al final eso es lo que le va a servir.
Impecable como siempre la respuesta de Leonjbr, pues el art. 27 de la LAU nos remite al art. 1124 CC, tal como él cita. El arrendatario puede acogerse al art. 27, 3, a) de la LAU que remite expresamente a los deberes de conservación del casero recogidos en el art. 21 de esa misma LAU.
¿Consulta tal vez desde Cataluña? porque allí rige otro Código Civil (peor sustancialmente en esta materia viene a decir lo mismo), y la LAU es para toda España.
Ahora: soluciones para intentar resolver esto con poco gasto:
Primero: aguantar, y gastar calefacción, y no dejar de pagar la renta.
Segundo: requerir al arrendador el arreglo de todo lo que usted ha enumerado, no por teléfono, que no sirve de nada, sino con un burofax con acuse de recibo y certificación de texto (coste 30 €).
Tercero: y simultáneamente a lo anterior: si el pueblo es medianamente grande, tendrá arquitecto municipal e incluso concejalía de disciplina urbanística: denunciar el estado manifiestamente inhabitable de la vivienda, y conseguir que el arquitecto municipal vaya a verlo, y haga un informe, informe que no nos costará ni un céntimo, y a ser posible, que el ayuntamiento ordene al propietario ejecutar las obras necesarias para mantener la vivienda en condiciones de higiene y habitabilidad, y ya puestos, de ornato público. Exponer en el ayuntamiento el asunto de la cédula de habitabilidad, y ver si la casa tiene la ITE al día. Además, intentar conseguir el apoyo de la concejalía de la mujer, o la asuntos sociales, si las hay en ese pueblo.
Cuarto: pedir en el Juzgado más cercano que le designen un abogado de oficio y le reconozcan el beneficio de justicia gratuita, para interponer demanda de resolución del contrato.
Quinto: simultáneamente a lo anterior: el arrendatario de vivienda es consumidor: art. 3 de la LDCU: denunciar la situación ante la OMIC o si el pueblo no tiene OMIC ante los organismos de consumo de la CCAA.
Y recuerde lo que le dice Leonjbr: si la justicia está de su lado, el juez va a darle la razón, y da lo mismo lo que diga o deje de decir el casero.
Es una casa unifamiliar, en una pedania perteneciente a Oviedo y dependiente del ayuntamiento de Oviedo.creo que al ser una vivienda unifamiliar no tiene que tener ITE no? Si no me he informado mal, no están obligados.
El sobrino del dueño, abogado de profesión, es conocido en Oviedo y debe ser una persona influyente o de eso presumido en la última llamada de intento de negociación. Muchísimas gracias. Iré al ayto a ver si me pueden ayudar.
Es correcto: no pasan la ITE: Decreto 29/2017, de 17 de mayo, por el que se regula el Informe de Evaluación de los Edificios y se crea el Registro General de Informes de Evaluación de los Edificios del Principado de Asturias. Art. 2, 2.
Examine en el ayuntamiento si tiene en vigor la cédula de habitabilidad:
1.- Hoplon le ha dado artillería más que de sobra.
2.- El que no tengan que pasar la ITE da prácticamente igual, porque aquí lo importante es que la vivienda sea habitable o no, no que haya pasado la ITE o no.
3.- Y en cuanto a que ese abogado es influyente: si lo es (cosa que dudo) le aseguro que no le servirá de nada cuando esté delante del juez.