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Contrato de alquiler a nombre de empresa pero con avalista

2 Comentarios
 
Contrato de alquiler a nombre de empresa pero con avalista
03/12/2016 22:03
Hola, tuve que desahuciar de un local a un moroso, me dejó una gran deuda, el contrato estaba a nombre de una empresa pero con un anexo de avalista fiador a nombre del dueño de esta empresa, se procedió al desahucio y no pago nada, se hicieron seguimientos pero la empresa causó baja y no hay de donde sacar, mientras el fiador un año después del desahucio heredó una propiedad y rapidamente la vendió, ahora, creo que tengo que hacer otro procedimiento para ir a por el avalista, la pregunta es, ¿se puede impugnar esa venta? ¿es alzamiento de bienes? por que aunque el procedimiento erea contra la empresa el era la titular avalista y conocedor de la deuda. Gracias
04/12/2016 11:52
Antonio ns
Yo he tenido un par de casos parecidos. Verá: habría que tener más datos para darle una respuesta totalmente acertada, pero en principio mi recomendación es que NO se meta en el berengenal del alzamiento de bienes, y ello por 3 motivos:
1.- porque va a ser muy difícil demostrar la intencionalidad del fiador (tenga en cuenta que cuando vende la vivienda no hay pleito alguno contra él. Cierto que es avalista, que lo sabe y que "huele a chamusquina", pero insisto en que no hay pleito contra él, con lo que no es fácil que un juez establezca la relación de causa a efecto entre la venta y el alzamiento (aunque no diría que fuera imposible, simplemente que no es probable).
2.- porque no toda venta de un deudor o fiador implica automáticamente que haya habido alzamiento de bienes. Para ello hace falta que las ventas sean suficientes como para crear la insolvencia del deudor, lo que no siempre es el caso (porque puede tener más bienes).
3.- PERO SOBRE TODO porque aunque se le estimara el alzamiento, es muy posible que NO pudiera anular la compraventa (aunque habría que investigar esto para estar totalmente seguros) con lo que Ud. no podría embargar el piso vendido con lo cual terminaríamos después de un pleito largo y caro por tener una condena, pero sin posiblidad de recuperar las rentas adeudadas.
La mejor posibilidad que tiene es demandar al avalista para que le pague las rentas debidas. Ganará la demanda, pero seguro que no le pagará, con lo que tendrá que ejecutar la sentencia y ahí es donde es posible que pueda terminar recuperando el dinero, y embargar los posibles bienes que pueda tener, como por ejemplo la vivienda habitual.
Claro está que esta opción implica gastarse a priori un dinero en abogado y procurador que puede que no recupere, pero es un riesgo que Ud. debe pensar si le compensa o no.
En estos casos lo mejor es buscar a un abogado que esté dispuesto a ser muy flexible en cuanto a la forma de cobro de sus honorarios. Busque alguno, hable con él y por ahí podrá satisfacer su deuda.
04/12/2016 12:36
leonjbr
Muchas gracias por su respuesta, le daré unas vueltas a ver que hago, gastar mas sin garantias.........