Un familiar de buena fé me comenta un gravísimo problema que sufre. En concreto hace 2 años adquirió una vivienda por 360.000 € y en el mismo acto la agencia inmobiliaria le firmo un contrato de CV de su antigua vivienda por 210.000 € con un plazo de escrituración de 2 años y sin ninguna cantidad entregada. En dicho contrato firma como comprador una sociedad (sin aparecer apoderado) y se menciona en una clausula, que en el supuesto que el comprador no ejecute la compra, se dará por resuelto el contrato, quedándose el vendedor con las cantidades entregadas (que son 0). Ahora la agencia no quiere comprar el piso y ha dejado a mi familiar en na situación imposible ya que contaba con la venta del piso antiguo para amortizar una parte importante de la nueva hipoteca y el precio actual de su piso es de unos 120.000 €. ¿Puede considerarse abusiva la clausula de rescisión sin indemnización y solicitarle al juez que se le condene a daños? ¿Puede considerarse ese contrato confeccionado de es forma como una estafa? ¿qué solución legal le queda a mi familiar?
Al tenor de tu exposición para nada aparenta ser una estafa y se necesita ser ingenuo para signar un contrato así sin la estipulación y adelanto de unas arras, usualmente de un 10% del precio acordado por el comprador que lo pierde si no ejecuta el contrato, con devolución duplicada por el vendedor si es este quien no lleva a término la compraventa aludida.
A lo que vamos, a simple vista no veo a qué puede agarrarse tu familiar. No es abusiva la ausencia de arras, es atípico pero hay gente que funciona así.
Se podría estudiar al menos la ruptura de los tratos preliminares, algo que es indemnizable. Por otra parte el hecho de que se haga mención a las cantidades entregadas, sumado a que se está otorrgando un derecho de forma gratuita podría dar lugar a distintas interpretaciones.
En fin que podrías consultar con un abogado, pero el tema sería seguramente largo y costoso...casi mejor buscar un comprador lo antes posible.