La ley en este caso es subsidiaria. En el arrendamiento de local la posibilidad de desistimiento debe estar recogida expresamente en el contrato, y las condiciones en las que debe hacerse. Si no está, usted estaría obligado al cumplimiento de los 5 años.
De todas formas , da la impresión que el contrato al que hace referencia, tiene un rigor poco frecuente. Ese arrendador ya sabe lo que es un desahucio.
Sería conveniente que acuda a un profesional para que estudie el borrador, y le informe de a qué se compromete, y cómo. Leer la ley de arrendamientos no es suficiente, en los arrendamientos de local.
Gracias por su ayuda.
Lo de la duración del contrato lo pregunto porque en el caso de desistimiento antes de finalización del contrato querría saber, antes de firmar nada, con que plazo debería avisar al propietario.
En la ley se especifican dos tipos de duraciones, inferior a 5 años y superior a 5 años. El contrato es de duración de 5 años, prorrogables por períodos de duración máxima de un año. ¿En que categoría entra? ¿Con cuanto tiempo tendría que enviarle el preaviso, con uno o dos meses?
Con relación a su primera pregunta, en los arrendamientos de locales prevalece la voluntad de las partes, la fianza debe ser de DOS meses, por lo demás , si usted acepta esas condiciones es legal .
En cuanto a su segunda pregunta hay que considerar que el tiempo inicial pactado es de 5 años.
Es conveniente matizar que en los arrendamientos de locales la voluntad de las partes expresada en el contrato, predomina sobre la ley de arrendamientos, por tanto el plazo de 5 años, en este caso no tiene la importancia que en el arrendamiento de vivienda.
Permítanme que les consulte otra duda.
En el contrato pone que el plazo del alquiler del local es de 5 años, prorrogables por períodos de duración máxima de un año.
¿Se trata de un contrato de duración inferior o superior a 5 años?
Gracias de antemano
Antes de nada hola a todos.
Querría consultarles una cosa. Quiero alquilar un local comercial pero las condiciones me parecen sino abusivas, un poco exageradas.
Sería un alquiler con duración de 5 años y me piden una fianza de 3 meses, un aval bancario y un fiador subsidiario.
Supongo que será legal pedirlo, pero ¿no es excesivo?
Muchas gracias