Hola buenas tardes el pasado 7 de Octubre firme el contrato de arras (Contrato de Compraventa con la inmobiliaria y los Compradores) de la venta de mi vivienda, me entregaron una señal a cuenta con una clausula que dice lo siguiente:
INCUMPLIMIENTO: La parte Compradora dispone de 20 dias para la aprobacion del prestamo Hipotecario para la compra de la vivienda, si este fuere denegado por la entidad bancaria, estaria obligada a aportar el certificado oportuno de su denegacion, en ese momento la parte vendedora, (osea yo) le devolvera la cantidad entregada.
Yo necesito hacer la mudanza de mi vivienda y buscar casa que la tengo ya mirada y de momento esta libre, pero me da miedo reservar esa vivienda si el banco les deniega el prestamo.
Mi pregunta es la siguiente como indica que tienen 20 dias para la aprobacion de dicho prestamo, ¿ si el dia 28 de Octubre que cumple el plazo no tengo contestacion ni confirmacion alguna de la inmobiliaria ni de la parte compradora tendria que devolver esa señal si me lo presentaran posteriormente o ya podria de disponer de ese dinero para la reserva del alquiler de la vivienda donde me voy a ir?
Es por tener una tranquilidad y reservar la vivienda ese dia (28-10-14) antes de que se alquile, para hacer el contrato de alquiler y la mudanza en esos dias y no perder la señal dada.