buenas tardes
un trabajador, socio de SL, que solo aporta capital, sin ningun cargo para estar encuadrado en el RETA, quiere trabajar en la SL, ¿se podria hacer contrato laboral bonificado?
gracias!
un saludo
Un socio capitalista que comienza a trabajar en dicha sociedad, deja de ser socio capitalista adquiriendo la calidad de socio trabajador y, como consecuencia de ello en virtud de lo estipulado en el Régimen Jurídico de la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la (LGSS) se ha de corroborar si ha de pertenecer o no al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
buenos dias
el socio, tiene el 25% de participacion, solo aporta capital
en la Tesoreria General de la Seguridad Social me dijeron que estaría encuadrado en el regimen general normal, por lo tanto, como un trabajador mas, y mi duda era si se le podia hacer contrato bonificado
gracias
saludos
Exacto, como no posee un tercio o más del capital social ha de causar alta en Régimen General. A colación de la bonificación, a primera instancia sí, podría ser aplicable dicha bonificación. Las exclusiones estipuladas en el Régimen jurídico del artículo 6 de la Ley 43/2006, y exclusiones de cada uno de los contratos de fomento de empleo no determinan dicho supuesto.
Convendría que constase inscrito como demandante de empleo al menos y día a efectos de que la empresa sea beneficiaria de las bonificaciones pertinentes a efectos de deducción.