Muchas gracias, me sirve de gran ayuda.
En cuanto a la fianza, en caso de entregar un mes de fianza obligatoria y un mes de garantía adicional, ¿hay que depositar las dos mensualidades en el organismo competente o solo la mensualidad de fianza obligatoria?
Yo creo que los principales cambios son:
1.- La duración minima del arrendamiento (que ahora son 5 años en lugar de 3)
2.- La renta que ya no puede pactarse como se quiera sino que puede subir como mucho el IPC
3.- y la fianza que ahora es como mucho un mes para la vivienda y dos para uso distinto al de vivienda y que ahora hay un limite para las garantias adicionales que no podran superar el importe de dos mensualidades.
Hola compañeros, desde hace 5 años no he tenido que hacer ningún contrato de alquiler de vivienda.
Ahora tengo que hacer uno nuevo. ¿Ha habido alguna actualización significativa de la LAU que tenga que tener en cuenta?
¿Se sigue teniendo que pagar Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ante la Hacienda autonómica,en concreto es la de Aragón?. ¿cómo se realiza el pago?
Gracias.