Contrato arrendamiento local.
Se especifica un plazo de 3 años de arrendamiento.
He oido decir que si el arrendatario quiere irse antes de los 3 años, el arrendador tiene derecho a percibir una cantidad por el tiempo dejado del contrato.
Pero, ¿que sucede cuando antes de los 3 años, el arrendador se ve obligado a poner una juicio de desahucio, sin haberse cumplido todavía esos 3 años?. ¿Aparte del percibo de la deuda, tiene derecho a percibir esa indemnización por no haberse cumplido los 3 años?.