Hola arturos.Coincido con la respuesta de mi compañero Motta y por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
Para dar una respuesta precisa sería necesario conocer íntegramente el contrato: así, es necesario saber si el arrendatario es persona física o jurídica, actividad desarrollada, si se ha producido o no alguna subrogación, etc.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
A partir de que año puedo recuperar el local comercial que tengo arrendado desde el año 1.976
En el contato figura la siguiente cláusula "El contrato será por años renovables según la Ley de Arrendamientos Urbanos"
Saludos y gracias por la atención