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contrato arrendamiento año 1988

2 Comentarios
 
perfil pi
04/07/2007 21:20
Gracias Jan por su consejo.
perfil Jan
04/07/2007 16:44
Hola pi. Dada la fecha de celebración del contrato(posterior al 9-5-1985 y anterior al 1-1-1995) le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO en arrendamientos de renta antigua quien, con el contrato delante y los datos que usted pueda aportarle, le resolverá las dudas que ha planteado en su consulta.

Lamento no poder serle de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
Contrato arrendamiento año 1988
perfil pi
03/07/2007 22:02
Tiene mi padre un bar arrendado, con fecha 31/12/1988. Mis preguntas serían las siguientes:
1.- El contrato es indefinido y el proximo año se jubilan los arrendatarios. ¿ Pueden continuar los hijos el negocio ó hay que hacer nuevo contato?. y en supuesto de esta ultima opción, tendria que ser indefinido.
2.- Debido a un par de errores de mi banco, nos obliga a que cada mes vayamos a cobrarle al bar. y segun una de las clausulas: " el pago de la renta y demás conceptos se verificará por adelantado, dentro de los cinco primeros días de cada mes en el domicilio del arrendador ó en el de su administrador". Lo que ocurre es que mis padres viven en distinta población que el negocio. Que hacemos tragamos ó se le envia una carta recordatoria del contrato.
3.-Por ultimo. ¿ el IBI le corresponderia al arrendatario?. Clausula 4ª: "Ademas, el arrendatario viene obligado al pago de la tasa municipal de recogida de basuras; a la elevación que experimente el coste de los servicios ó suministros; a los aumentos que se produzcan en los impuestos, arbitrios y tasas del Estado, Provincia ó Municipio, asi como al importe de cualquier nuevo impusto que grave la propiedad urbana; al 12% anual del importe de las obras de reparación y conservación que realice la propiedad en la finca o local arrendado y de las cuotas de contribuciones especiales de mejora que se impongan al inmueble; a las elevaciones de renta en los porcentajes y casos enumerados en el art.99 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y las que en lo sucesivo se autoricen". Gracias