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Contrato arrendamiento 6 meses

9 Comentarios
 
Contrato arrendamiento 6 meses
perfil rom
12/01/2006 21:48
Hola: Tengo un piso amueblado que quiero alquilar por 6 meses.
Por favor, asesorarme como tiene que ser el contrato.Si alguien me puede facilitar el texto, le indicaría mi dirección de correo.
Gracias.
perfil Jan
16/01/2006 17:54
Hola.Lo único que se me ocurre es que en el contrato hagas figurar la duración del mismo( 6 meses) y la renuncia expresa del arrendatario a ejercer su derecho de prórroga. Lo que no tengo claro es que la segunda clausula sea válida, puesto que no se si ese derecho del arrendatario es renunciable o irrenunciable.

Un saludo.
perfil rai
16/01/2006 19:15
Es irrenunciable, por tanto no puedes poner esa claúsula.

No puedes hacer nada, la única manera es poner que a los 6 meses te podrás ir a vivir allí, pero si lo haces, tendrás que irte a vivir allí o te demandarán.
perfil rom
16/01/2006 22:48
Y un contrato por temporada.

En la Web "es.rentalia.com/owner/legal.cfm" hay un modelo para periodos vacacionales, lo que no se si este tipo de contrato puedo hacerlo yo y si se ajusta a la legalidad.

Gracias.
18/01/2006 17:34
Matiza claramente que el contrato NO SATISFACE LA NECESIDAD PERMANENTE DE VIVIENDA del inquilino, el contrato de temporada puede ser una opción de referencia para redactarlo, y es legal.

Los contratos de servicios, luz etc, no deben ir a su nombre, que el inquilino no pueda probar que realmente ha establecido ahí su residencia.

Pero siempre correrás el riesgo de la prorroga, si llegado el momento el Juez lo considera como vivienda habitual. ( por muchos detalles ........proximidad del trabajo........colegio de niños.........etc)

Y como dice RAI, inicar en el contrato que a los seis meses necesitarás ocupar la vivienda, pero deberás hacerlo en un plazo de tres meses.

Pero no te confíes, si no se va, la L.A.U protege al arrendatario.

Y realizar un contrato pretendiendo eludir la ley trae como consecuencia la aplicación de la ley eludida( fraude de ley).

No hay forma legal de "blindar" un contrato de arrendamiento de vivienda.
perfil rai
19/01/2006 14:05
Los contratos de temporado no se pueden utilizar para eludir de esa forma las normas impetativas, los contratos de temporada son unos concretos, y alquilar 6 meses a una persona un piso, no puede ser considerado de temporado, pues sería fraude de ley, esos 6 meses sirven para satisfacer su necesidad de vivienda.

Si haces un contrato de temporada, y se va, no pasa nada, el problema es que quiera quedarse, tendrás que demadarle y él alegará fraude de ley y ya la has liado.
19/01/2006 14:13
En el contrato de Temporada, tienes que poner que el inquilino manifiesta tener otro domicilio, y que necesita la vivienda transitoriamente para algo en concreto, Vacaciones, trabajo, Salud, porque se está reparando su casa, contruyéndol, etc... Hay que explicarlo y que el inquilno manifieste expresamente que su necesidad de alquilar el piso es transitoria.
Por lo menos así tienes algo de cobertura, aunque siempre existe el riesogo de que un Juez declare que se trata de un fraude y que rige la prórroga forzosa de 5 años. De todas maneras un contrato de temporada es totalmente legal y sí el inquilino le manifiesta al arrendador la necesidad transitoria de la vivienda por una razón concreta, yo creo que no se puede presumir mala fé en el arrendador y por tanto fraude a la prórroga forzosa.
Un saludo.
20/01/2006 14:22
En cualquier caso los contratos por temporada seguros, son que se hacen con arrendatarios que se tiene la seguridad que no va a pretender continuar, por ejemplos extranjeros no residentes, estudiantes (copia comprobante de matricula), etc.
Lo demas es un gran riesgo.
Podria incluso incluirse una clausula, que establezca mayor renta, a partir de la vigencia del contrato por ejemplo un 50% mas cada semestre que permanezca en la vivienda (acumulativo), pero ignoro si podria interpretarse como una clausula abusiva y por tanto ilegal.
20/01/2006 14:25
Tampoco se si seria legal, establecer una renta exagerada (por ejemplo el triple de lo normal) y una clausula de devolucion de una determinada cantidad en caso de la terminacion del arrendamiento en el plazo convenido y entrega de las llaves.
En este caso el arrendatario seria el primer interesado en terminar el contrato.
20/01/2006 19:30
Es cierto lo que decís acerca del riesgo del contrato de temporada, pero puestos a alquilar de lo que se trata es por lo menos de hacer que las cosas cuadren con el contrato0 de temporada. no sólo se dá este con turístas, que además tienen una modalidad contractual específica que son los contratos de alojamientos turísticos, una variedad del contrato de temporada. Además de estas situaciones se puede alquilar temporalmente por diversas circunstancias siempre que se expliquen, y lo ideal es que sean ciertas. Por motivos de salud, por estararregalndo la casa, por derribo de una vivienda, pr razón de una catastrofe que hace a uno desalojar su vivienda, pormotivo de trabajo , por motivo de estudios, etc.......
En estos casos sí traen causa cierta, yo creo posible blindar el contrato, pero de manera razonable y no desproporcionada. Fuera de estos casos, en todos los que impliquen fraude que estas claúsulas son nulas. Pero aún así está el efecto psicológico en el arrendatario que no estará del todo tranquilo sino desaloja el piso en el tiempo previsto y penden sobre el caúsulas penales.
Ahora bien considero bueno que en estos casos el inquilino haga sus declaraciones expresas relativas a la necesidad transitoria de vivienda y el motivo de la transitoriedad. Seguridad plena no se puede tener en este campo, como en otros muchos en la vida. Lo importante es que el propietario cuando alquile sea consciente de los riesgos.
Saludos.