Buenas a todos, por favor necesito consejo. En agosto del 2012 reserve un inmueble a una inmobiliaria de una entidad financiera, el comercial me indicó que estaba todo OK, que en 30 días desde la firma de la reserva se podría escriturar el inmueble, el caso es que cuando ya teníamos todo OK por parte de nuestro banco y tras ponernos en contacto con la propiedad nos comentan que no se puede firmar, hay irregularidades que solucionar previamente.Pasa el tiempo y en enero de 2013 deciden hacer un contrato de arras penitenciales con una duración de 1 año sujeto a la solución de dichas irregularidades. El caso es que dicho contrato de arras está plagado de cláusulas abusivas y falta de reprocidad, fue un contrato impuesto y entre otras cosas indica que si la parte vendedora no puede entregar la vivienda únicamente se devolverá la cantidad entregada como depósito (10 % de la vivienda) y no el doble como dice el 1454 del CC, también indica que si la parte compradora no puede escriturar en el plazo de 30 días una vez dada la conformidad por la parte vendedora, ésta hará suya la cantidad entregada por parte del comprador. Por lo que me han comentado, las irregularidades van a tardar en solucionarse, quizás mas allá del plazo que indica el contrato de arras, mi pregunta es la siguiente:
1. Una vez caducado el actual contrato de arras (Enero 2014) pueden hacer otro contrato de arras con una duración determinada o no cabe más contratos??
2. Una vez caducado el actual contrato de arras y en caso de que yo me oponga a más prorrogas, entiendo que me devolverían mi fianza, pero nada del doble. Tendría posibilidades de cara a un juez de recibir el doble de lo entregado en concepto de daños y perjuicios?.
El inmueble esta localizado en málaga, tiene licencia de primera ocupación, el problema es un tema de enganche a la red de distribución ya que Endesa les exige una elevada suma de dinero. Entiendo que no hay impedimento legal para la transmisión del inmueble.