No os obligatorio firmar el contrato de arras; ahora bien, el vendedor puede negarse a vender si no se firman unas arras o vender a otro comprador.
Las implicaciones dependerán del contrato firmado, no obstante lo más normal es que obligue al comprador a perfeccionar la compra en documento público antes de una fecha so pena de pérdida de la cantidad entregada como arras.
Según su posición le conviene más o menos firmar arras. Si es comprador y le conviene reservarse la casa en las condiciones ya pactadas pues adelante: si es vendedor, tal vez prefiera no firmar y no adquirir el compromiso, sino seguir esperando a ver si sale un comprador que pague más.