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Contrato alquiler. prorroga. clausula con plazo

9 Comentarios
 
19/12/2021 23:53
Eso último es lo mejor que puede hacer. Hágalo y no se preocupe, no podrán hacerle nada.
19/12/2021 23:34
Finalmente no haré el aval, esperaré al 15 enero y una vez llegue ese día le diré que me quedo 15 días más, se los pago y punto. Si en entrega de llaves me busca las vueltas solo podrá tirar de la fianza por desperfectos para mi inexistentes pero no de un aval que según leí aunque sea para rentas indebidas puede extenderse a desperfectos.
El propietario es un señor de 80 años con varios pisos y un bufete que le lleva todo... a ver si no me dan problemas
19/12/2021 21:16
Hoplon
No, el contrato inicial es de agosto de 2018 y tenía aval bancario. Se prorrogó por un año en agosto 2021 que finaliza en agosto 2022, en ese momento de prórroga le dije que en diciembre me iba, el propietario pidió ver el piso todo estaba correcto y me dijo que no hacía falta aval bancario si me iba en diciembre dándome como tope el 15 d enero a partir de esa fecha que habría hacer aval bancario eso lo pusimos en la prórroga y se firmó.
Que pasa, pues que no me iré hasta finales de enero porque no me dan el piso hasta esa fecha... el propietario quiere aval bancario pero no solo de rentas como hasta agosto 2021, no, ahora también quiere que por el mismo importe de 3000 euros incluya continente y contenido que es lo que me mosquea que quiera jugármela ejecutando el aval y haciendo reparaciones en el piso. Reitero que el piso no tiene ningún desperfecto.
Estoy pensando hacer aval de rentas como hasta ahora, no incluyendo continente y contenido porque en la prórroga no se especifica alcance del aval.
Tengo claro que me la quiere jugar, clarísimo.
19/12/2021 18:49
mingus
Mensaje eliminado
19/12/2021 18:46
Suscribo la opinión de Leonjbr: lo mejor es que no firme nada y se marche. Si lo deja todo bien no veo posible que le reclamen nada.

Intente que el día que se vaya usted se firme un acuerdo de entrega de llaves que recoja el estado del piso, a ser posible con un testigo y fotos.

Cuestión aparte es que usted se vaya en febrero en lugar de irse el quince de enero:

No tengo todos los datos, pero me da la sensación de que su contrato expira el 15 de enero ¿me equivoco? y que lo que usted plantea supone imponerle al arrendador un mes de uso y disfrute de la vivienda, tanto si está conforme como si no. Y me da que si insiste en firmar un contrato y usted se niega, eso es que el casero muy conforme no está.

Imagino que su primera valoración de asunto es decir: -" si me quedo un mes más ¿a él que más le da?" : bueno, vamos a hacer el ejercicio de ponernos en la piel de casero, y pensar que a uno le impongan un mes, que igual son dos, o tres (él no lo sabe, sabe lo que le hemos dicho, pero no tiene la certeza de que se cumpla, precisamente porque nos negamos a firmar nada); vamos
aintentar pensar qué tal nos sentaría a nosotros que alguien nos dijera que va a usar una casa nuestra, sin contrato, y porque sí, por las buenas o por las malas.

Podría ser que hubiera nacido una tácita reconducción al amparo del

"Artículo 1566 CC
Si al terminar el contrato, permanece el arrendatario disfrutando quince días de la cosa arrendada con aquiescencia del arrendador, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581, a menos que haya precedido requerimiento."

Y en ese caso, lo menos malo puede que sea tener que afrontar la obligaciones que surjan de la situación, porque puestos a imaginar lo peor, podrían reclamarnos una indemnización por daños y perjuicios ¿cúales? pues los que se demuestre que suponen el que usen de nuestra propiedad sin nuestro consentimiento.

Yo le recomiendo que aclare esto con el casero cuanto antes, y que firme aunque sea un ocntrato temporal por un mes: tenerlo todo por escrito no solamente es una garantía para el casero, también puede serlo para usted.
19/12/2021 10:50
leonjbr
Esa era mi intención, coger la opción menos mala. Reitero piso esta perfecto, rentas y suministros al día... pero tiene 20 años varios alquileres encima y me temo que por ahí van los tiros.... hacer alguna reforma alegando daños producidos por mi y ahí si pueden tirar del aval din problema ...me arriesgare y cuando llegue el 15 le diré que por unos días no suscribo el aval... y veremos que pasa.... Muy agradecido, votos emitidos. Mil gracias
19/12/2021 10:24
Yo creo que lo menos malo es que no firme nada y se marche, y si el casero quiere luego reclamar daños que interponga demanda.
Estoy casi seguro de que no podrá sacar nada. porque los daños tiene que demostrarlos quien los alega, es decir, el casero y es casi imposible porque todo lo más habrá desperfectos debidos al uso normal del piso que no dan derecho a indemnización alguna para el casero. Casi seguro que será así.
19/12/2021 09:24
leonjbr
Es que por unos días ... soy consciente de lo que firmé y no tengo problema en hacerlo pero la fijación que tiene por el aval que incluya continente y contenido me da que es para intentar colarme gastos que el piso no tiene y meterlas a través del aval.
¿Puedo decirle que quiero que vea de nuevo el piso y hagamos constar por escrito que todo esta bien? Es que no me fío y me la va a liar.
19/12/2021 09:00
1.- En principio es indudable que usted tiene el deber de suscribir el aval bancario, ya que es a eso a lo que se comprometió cuando concertó la prórroga, y lo pactado debe cumplirse.
2.- La cuestión entonces sería ¿qué pasa si no suscribo el aval?
Que yo sepa el casero no puede retener la fianza simplemente porque usted no cumpla alguna cláusula del contrato. Otra cosa sería que al firmarse el pacto mediante el que usted se comprometía a suscribir el
aval se hubiera fijado además una "pena" o cantidad a pagar en caso de que no se cumpliese lo del aval.
En general la fianza responde de los daños causados al piso y de las rentas impagadas. No puede emplearse "caprichosamente" para descontar una cantidad indeterminada porque no se ha cumplido con una obligación de suscribir aval, porque en principio esa falta de suscripción no genera daño alguno, o si lo genera, no está claro en qué cuantía.
Contrato alquiler. prorroga. clausula con plazo
19/12/2021 00:41
En el 2018 hicimos contrato alquiler con aval bancario, finalizan tres años ven el piso todo ok y renovamos por un año, le comuniqué que en diciembre nos marchamos porque compramos un piso, el hombre me dice que no hace falta aval bancario, pero en la prórroga que se firme por un año quiere poner que si no marchaba el 15 de enero debería volver a suscribir aval bancario.
A primeros febrero marchamos del piso, ya se lo he dicho pero dice que quiere igual aval bancario ya que así se pactó en contrato de lo contrario no me devolverá la fianza. Las rentas al día y piso estado impoluto.
Miedo me da hacer el aval que quiere por 3000 euros y quiere que alcance a rentas,contenido y continente y que con cualquier escusa me lo ejecute y en menudo problema me meto. Reitero piso lo vieron en agosto de este 2021 y todo estaba perfecto
Que camino seguiría un abogado, ¿haría el aval o le diría al propietario que por 15 días no hago aval ... y me jugaría perder la fianza? Esa es mi consulta. Mil gracias a quien responda. Saludos