Hola a todos.
Verán tengo una cafeteria alquilada y por reformas en el edificio, todo de mi propiedad, necesito desalojar al inquilino durante 4 o 5 meses, mientras duren las obras, y después continuar con el contrato, todavia faltan 3 años para finalizar.
¿Qué podria reclamarme el arrendatario?
Hola; en el caso de que vayas a ejecutar obras de conservación que hagan el local inhabitable, el arrendatario puede optar entre la suspensión del contratato (art. 26 LAU), o desetir del mismo del mismo sin derecho a indemnización. La suspensión de ese contrato supondrá la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación del pago de renta.
No olvides notificar el inicio de las obras al arrendatario, ponte en manos de un abogado para evitar posibles problemas con las comunicaciones etc...
saludos
Hola, creo que Lia, no acierta, al decir que no existe indemnización , puesto que el art.22.3 de la LAU, (extensible a los arrendamientos de local de negocio art.30,) dice:
-El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción......., así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.