tengo un contrato de alquiler firmado en junio de 2012 por una año prorogable anualmente por un maximo de 5 años. Al finalizar los 5 años nadie si e' puesto en contacto conmigo y ahora sigo en la vivienda desde hace 2 años. Ayer el casero se pone en contacto conmigo para pedir una elevacion de la renta pactada. La duda que tengo es puede pedir un aumento ahora? o tiene que esperar la finalizazion de los 8 años (El contrato dice que se puede prorogar hasta un maximo de 5 años, y que al termino del plazo convenido o de sus prorrogas, el arrendamiento quedra' extinguido sin necesidad de previo requerimiento alguno por parte de Arrendador).Estoy legalmente en la prorroga de 8 años? Puede el casero pretender un aumento o rescindir contrato?
Muchas gracias
Hasta junio del 2019 está usted en su séptimo año de prórroga, y el casero, al preavisarle ayer 3 de abril, le ha dado dos meses de preaviso ( por favor especifique qué día de junio firmó o entró en vigor) y la redacción del art 10 vigente en el año 2012 exige un preaviso de un mes.
Por lo tanto, el arrendador puede exigirle que deje usted la vivienda, salvo que pacten una nueva renta.
Le hago notar que según su relato el arrendador aún no le ha comunicado la resolución del contrato, pero posiblemente lo hará si no llegan a un acuerdo, pues aún tiene casi un mes.
Efectivamente ud. puede permanecer hasta el 2020, porque al firmar el contrato en el 2012, el sistema de prorrogas era de 5 3, por un total de 8. De manera que hasta el 2020. El casero, por ahora, tendra que aguantarse, pero le aconsejo que vaya pactando ya otro contrato para despues de esa fecha o si no lo ve claro que vaya buscando otro alquiler con tiempo.
La duda que tengo es por la clausula del contrato en el cual dice que al finalizar el plazo inicial y de su prorrogas el contarto se extingue sin tener que ser notificado. Al finalizar el plazo de 5 anos nadie se puse en contacto con migo.Ayer me llamaron por pedir una elevacion de la renta y por saber si me quedaria mas tiempo en el piso, puedo negarme a la subida hasta el ano proximo que termina el contrato o tengo que pactar ya de ahora, ademas me propuse redactar nuevo contrato con la subida del alquiler con fecha de ahora
Ah, un momento eso es diferente.
Si en el contrato inicial dice que al final de las prórrogas queda resuelto el contrato, entonces es que ha quedado resuelto de todas todas. En ese caso ud. se encuentra en lo que en Derecho se llama tácita reconducción que supongo que será de año en año. En ese caso el casero si que tiene razon y ud. tendrá que marcharse al finalizar el año salvo que acuerde con el casero una subida de la renta.