Ninguna de las dos opciones: el plazo inicial es de un año, por tanto el plazo "minimo" es igualmente de un año. Por lo tanto, si se va a los 18 meses ya habrá pasado ese plazo mínimo de 1 año y no tendrá que pagar nada por irse.
Esta es mi interpretación y la de todos los compañeros abogados a los que he pregungado. No puedo darle Jurisprudencia ni a favor ni en contra de esta opinion porque no se han dictado todavía sentencias que traten este tema.
Necesito me ayuden en saber la duración de un contrato de alquiler que voy a firmar esta semana. Lo voy a firmar por 1 año con prorrogas anuales hasta los 5 años con una penalización de 1 mensualidad por año que falte o su parte proporcional. ¿Qué significa ésto, que si me voy a los 18 meses, debo pagar por los 6 meses que me quedan de la primera prórroga o por los 3 años y medio hasta los 5 que leagalmente puedo estar?
Gracias