Trabajador que inicia una incapacidad temporal. En el momento del inicio de la IT estaba trabajando en una empresa con un contrato a tiempo parcial con un porcentaje de jornada del 40%.
¿Cómo se calcula la base reguladora de la prestación de IT de este trabajador? ¿Tiene algo que ver el porcentaje de parcialidad?
La IT ¿Qué es por cont. comunes o profesionales?
Respecto a su pregunta, pues claro que importa ya que el salario que se percibe va en función de la jornada de trabajo, por tanto lo que va a percibir por su situación de IT es lo que corresponda a ese 40 % de la jornada.
Debe mirar una nómina del mes anterior al de la Baja por IT y en su nómina tendrá una Base de cotización por Cont. Comunes y otra pr Cont. profesionales según sea la IT de una de estas dos contingencias así percibirá su nómina.
SMO.
Si se toman las bases de cotización de los últimos 12 meses anteriores al hecho causante.
En caso de trabajadores contratados a tiempo parcial:
La BR diaria será la que resulte de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas en la empresa durante los 12 meses anteriores a la fecha del hecho causante entre 365.
De ser menor la antigüedad del trabajador en la empresa, será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas entre el número de días naturales a que éstas correspondan.
Pero si su jornada es del 40 % pues aunque se haga de todo un año para atras segura siendo en proporción a la jornadas trabajada.
SMO.
Hoy he llamado a la Seguridad Social y me han dicho lo siguiente que en su página web estaba la respuesta:
"En el caso de los trabajadores contratados a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la prestación de servicios:
La BR diaria será la que resulte de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante entre el número de días efectivamente trabajados y, por tanto, cotizados en dicho período."
jamgpreve, lo que tú comentas, ¿no corresponde a la prestación de maternidad?
Pues si, es cierto, corresponde a las prestaciones por maternidad.
Una cosa más, no nos has especificado si se tratan de Cont. Comunes o profesionales lo digo por que la que tu dices es por cont profesionales, las cont. comunes es como sigue:
La prestación consiste en un subsidio cuya cuantía está en función de la base reguladora (BR) y de los porcentajes aplicables a la misma.
Base reguladora
Norma general:
Es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).
No obstante, si el trabajador ingresa en la empresa en el mismo mes en que se inicia la incapacidad, se tomará para la BR la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados. También, se tomará como divisor los días efectivamente cotizados, cuando el trabajador no ha permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.
En el caso de un trabajador con contrato a tiempo parcial, yo entendí que, independientemente del motivo de la incapacidad (común o laboral), la base reguladora diaria era el cociente entre la suma de las bases de cotización de los 3 meses anteriores y los días cotizados en ese período. ¿Qué bases de cotización cogería? Las bases de contingencias comunes de los 3 meses anteriores entre 90.
No el que estaba equivocado soy yo, es como usted dice para ambas contingencias.
Base Reguladora en caso de contratos a Tiempo parcial
La base reguladora diaria de la prestación es el resultado de dividir las sumas de las bases de cotización acreditadas en la empresa durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante entre el número de días efectivamente trabajados y, por tanto, cotizados en dicho período.