Hay quien defiende que el inquilino que hace uso de su derecho al desistimiento anticipado y se marcha queda liberado de sus obligaciones contractuales, que son asumidas íntergamente por el inquilino que se queda. Así en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 12 de mayo de 2004 (Recurso 84/2003) que además considera que hay de solidaridad entre los arrendatarios cuando los recibos de renta que son únicos y se emiten a nombre de los distintos arrendatarios por el importe íntegro de la renta; y no hay distinción en cuanto a uso de partes del inmueble por cada uno.
Y otros opinan que aunque usted se marche sigue vinculado por las obligaciones contratuales.
Hola actualmente vivo de alquiler en un piso con contrato a nombre de dos personas Mi pareja y yo. Llevamos en este piso 3 años en un principio el contrato era de un año y se ha renovado automáticamente cada año. Me he comprado una vivienda y la estoy reformando desde que terminé las reformas quiero mudarme pero mi pareja no. Mi pregunta es qué opciónes hay para marcharme y que mi pareja se quede en el piso. Contrato nuevo? No comunicarlo al arrendador y que mi pareja pague los gastos y la mensualidad de alquiler? Actualmente yo pago todo y mi pareja me pasa su parte de dinero pero ante el arrendador el que paga soy yo. Agradezco respuestas ya que las obras acabarán en septiembre y me gustaría mudarme más tardar en noviembre Gracias.