Hola,
Entiendo que tienes un contrato laboral, y no de funcionario, por lo que la jurisdiccion aplicable a tu caso es la laboral (social) y no la contencioso administrativo. Ni siquiera tienes que interponer escritos ante la administración ni recursos. Tu trámite va por la reclamacion previa y luego mediante juicio. Consulta a un abogado.
Por otra parte cada vez que termines un contrato tienes derecho a una indemnización de 8 días por año trabajado (en cada contrato) no son acumulables para la indemnziacion.
En cambio, si que es acumulable los periodos trabajados para cobrar el plus de antiguedad, que deberá estar regulado en el convenio colectivo para el personal laboral del ayuntamiento.
Un saludo
Hola, a ver si alguien me puede ayudar respecto a la siguiente consulta.
Desede el año 2004 llevo trabajando en un ayuntamiento con un contrato menor de asistencia técnica que se me ha venido renovando periódicamente. Alguna vez he tenido que estar fuera del Ayuntamiento durante varios meses por no ser posible me siguiesen contratando bajo el mismo objeto de contrato. Supongo que la respuesta será compleja y habría que analizar bien el objeto del contrato y los periódos en que no he estado contratado durante estos 5 años. La pregunta es ¿si el día de mañana se me termina el contrato y deciden no seguir contratándome puedo reclamar algún tipo de indemnización? ¿Esta continuidad me otorga algún tipo de derecho?. Muchas gracias.