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contratado por ETT

3 Comentarios
 
04/03/2012 19:11
Te voy a intentar responder por partes, porque creo que no tienes claro quien es tu empresario, o por lo menos es lo que yo entiendo de lo que tu expones:
1) La reforma laboral no afectó a la contratación por ETTs, la única modificación que introdujo fue que las ETTs pueden además actuar como agencias de colocación, pero eso para lo que expones no viene a cuento.

2) En relaciones de trabajo entre ETT y empresa usuaria...se da una relación triangular.

3) Tu estás contratado por la ETT, que es quien tiene la condición de empresario respecto a tí, la ETT es quien te paga y cotiza por tí, puesto es con la ETT con la que firmaste un contrato de trabajo temporal. Estas son obligaciones de la ETT (luego te explico cuales son tus derechos, que no puede haber discriminación), pero ahroa a lo que vamos...tu respecto al salario y seguridad social, a quien tienes que reclamar es a la ETT, si no cumple sus obligaciones, denuncia en la ITSS, que las ETTs tienen una obligaciones que cumplir, y con una denuncia sola no pero con unas cuantas además de la multa pueden sancionarla con suspensión de actividades. Luego están las obligaciones en materia de PRL que son compartidas por ETT y EU, pero ahora no nos metemos en esto. Por tanto tu eres un trabajador que firmas un contrato de trabajo con una empresa, es este caso una ETT, pues la ETT es el empresario. En la empresa que estás puedes dirigirte al Comité de empresa para cuestiones relacionadas con la actividad laboral, pero no para reclamaciones de cuestiones que son obligaciones de la ETT.

4) Luego la ETT firmó un contrato de puesta a disposición con la EU. Y hay que ver si este contrato es legal, puesto que la cesión de trabajadores sólo es legal cuando existen necesidades temporales de contratación, vamos solo se pueden celebrar contratos de puesta a disposición en los supuestos en que es posible celebrar un contrato de duración determinada. Si se infrinje esto, se incurre en cesión ilegal, puesto que la cesión SÓLO cabe en los supuestos que marca la ley y en las condiciones que marca la ley. La cesión ilegal puede cometerse también por ETT. Si estás en este caso, yo no dudaría en ponerme en manos de una abogado...y desde luego denunciar ante la ITSS, si declara la cesión ilegal tienes derecho a adquirir la condición de fijo.

5) En cuanto a los derechos salariales, la ley obliga a garantizar a los trabajadores puestos a disposición el mismo salario por todos los conceptos que correspondan según el convenio aplicable en la empresa a un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo. Esa diferencia entre un trabajador contratrado directamente y uno por ETT es ilega, es nulo, tu puedes reclamar la igualdad de salario pues la ley te lo reconoce, al igual que la ingualdad en otras materias como tiempo de trabajo, vacaciones, descansos, etc. Y ojo!! porque la ley dice también que es responsabilidad de la empresa usuaria consignar en el contrato de puesta a disposición que celebró con la ETT para el puesto de trabajo concreto las retribuciones que te corresponden según convenio...Si la ETT te está pagando menos de lo que establece en CV...reclama a la ETT que te pague lo que dice el convenio, y si la ETT te dice que la EU le dió otros datos de la retribución, denuncia pues en este caso hay sanción para las 2.

Si quieres mírate la Ley de ETT (ley 14/1994) en el art. 11 tienen de forma clara la iguadad retributiva y de otras condiciones, si esto no da, denuncia que tienes todas las de ganar, aquí no hay interpretaciones la ley lo dice claro, mismo puesto mismo salario que marque el convenio, además...el convenio no puede diferenciar puesto que esa claúsula del convenio sería nula, dudo mucho que la autoridad laboral registrase un convenio con claúsulas nulas.

A tí el convenio de la empresa en principio no te es aplicable sino el de ETTs, pero la ley remite al convenio de empresa para decir que condiciones del convenio de la empresa en la que estás tienen que garantizarte en igualdad de condiciones.
Si estás cobrando 450 euros menos que un trabajador contratado directamente por la empresa, y no a través de ETT, y no lo denuncia, con todo el respeto pero eres tonto...no intento ofenderte, simplemente decirte que algo que está tan claro en la ley, que no se a que estás esperando para denunciar, tu y todos los compañeros.

04/03/2012 17:32
Anselo, hay poco que decir en lo que expones.
Ten en cuenta que hay muchos que pensamos igual, pero desde hace tiempo solo sirve, como tu dices ser una mierda, o no aceptar las condiciones, pero ello significa no trabajar, tengas 22 años cotizados o solo uno. Es lo que hay, i vamos a peor.
04/03/2012 16:47
anselo no puedo asesorarte en temas laborales, pero te animo a que no desesperes. Si llevas 22 años cotizados a la seguridad social y también como autónomo, están probadas tus ganas de trabajar.
Saldrás adelante, si no es en esta empresa, será en otras. No tires la toalla.
Contratado por ett
02/03/2012 21:13
Entro en una Empresa por ett con unas condiciones, 1,5 meses por ETT, 1,5 meses por Empresa y renovación por Empresa 3 meses más.

Pues bien, el comité de Empresa ha firmado un convenio colectivo ( solo para fijos ) de no tocar ni un solo euro de ellos y quitar un 20% de sueldo a los nuevos contratados, además de reducirles sustancialmente la prima.

La diferéncia entre la plantilla actual y los nuevos contratados es de unos 450€.

Además a partir de este convenio y sin que quede demasiado claro si es por la reforma laboral o no, todos los que hemos entrado por ett, vamos a la calle cuando nos finalize el contrato por ett ( 2 meses).

Actualmente esta entrando gente nueva por Empresa con las nuevas condiciones y a nosotros no se nos comenta nada, ya han hechado a 70 y conforme vamos cumpliendo nos van hechando.

Cuando accedimos a esta empresa tuvimos que pasar por unas cuantas entrevistas, por prácticas en soldadura, test de personalidad, etc..

Actualmente la gente que está entrando no tiene ninguna experiencia, no pasan pruebas y entran directamente por Empresa.

Lo peor de todo esto es que no se nos está dando ninguna explicación, la ETT te llama el último dia a media mañana ( trabajando ) para comunicarte que cesas en la Empresa.

No se hasta que punto esto es legal, canta como una almeja que el Gobierno incentiva este nuevo tipo de contratación, además con las condiciones del comité de Empresa, el que entra entra cobrando menos que el resto de la plantilla, cuando la realización de las tareas es la misma.

Entonces te preguntas...o sea que por estar contratado por una ett soy una mierda?, no tengo derecho como trabajador pero trabajo?, no tengo derecho a una explicación sobre el cambio de actitud de la Empresa?

Es legal lo que se está haciendo?

Quiere decir esto que el estatuto de los trabajadores ha dejado de tener validez?, los que trabajamos por ett somos mierdas?

Sabeis que cuando entra un trabajador nuevo que no ha pasado ninguna prueba selectiva y que no tiene la experiéncia necesaria requerida, cuando se entera de que estás por ett se cree más especial que nosotros?

Esto está pasando, esto me está pasando con 22 años cotizados a la seguridad social, con un hijo a cargo, con amplia experiencia en múltiples sectores industriales, sin derecho a paro por intentar sobrevi vivir como autónomo y encima soportando que te traten como una mierda porque el Gobierno incentiva determinados tipos de contratación.

Me gustaría saber si existe por ahí algún derecho para este tipo de situación...la Empresa nos está discriminando no como si fuésemos números, sino como si fuésemos auténticos cerdos.

Gracias por vuestro tiempo,

Saludos.