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Contratado en Ayuntamiento

13 Comentarios
 
24/05/2010 09:23
Has sido muy amable. Muchas gracias por tus respuestas. Saludos amigo.
22/05/2010 22:39
Con el tiempo que llevas trabajando no pueden despedirte por finalizacion contrato. Tienen que despedirte indemnizandote. Esperate, porque a lo mejor podeis conseguir que con la modalidad de consolidacion de empleo, en esta, o a partir del nuevo Ayuntamiento en Mayo, se haga un plan de empleo y saquen las plazas con el fin de consolidarlas. Ahí tu antiguedad, pesaria mucho. SALUDOS
21/05/2010 09:28
Muchas gracias por las respuestas. La verdad es que no se que hacer. Van pasando los meses, los años, y mi situación sigue siendo la misma. Me dice mucha gente que denuncie, pero si lo hago corro el riesgo de que cuando termine la prórroga que tengo actualmente, no vuelvan a renovarme y me den de baja por terminación del contrato. Estoy en un mar de dudas...
20/05/2010 19:04
Perdon, no queria decir solo "accion legal" sino accion de fuerza, (además), relativo al comite., Algo así como encierros en el despacho del alcalde, huelga etc. Y aún así no podrias considerarte laboral fijo, lo único que podrian conseguir es obligar a sacar tu plaza en convocatoria publica.
20/05/2010 18:53
NO PUEDES NESGARTE A FIRMAR. Se entenderia que no te interesa el trabajo. (a no ser que el comité te apoye en algun tipo de acción legal) En la administración, puede haber irregularidades como la tuya, pero nadie puede considerarse fijo (laboral fijo en tu caso), si no ha pasado por una proceso de selección: convocatoria publica de empleo, estabilidad de empleo etc..SALUDOS
20/05/2010 18:45
Lo que pasa es que continuamente me están diciendo que no me preocupe, que todo se va a arreglar, que aunque no sea fijo de hecho lo soy de derecho...
La realidad es que yo sigo firmando cada seis meses una prórroga. Me gustaría preguntaros: ¿Soy o no soy fijo? y ¿Qué podría pasar si me niego a firmar la siguiente prórroga? Muchas gracias por vuestra ayuda
20/05/2010 12:53
Es totalmente ilegal un articulo de un convenio, que vaya en contra de la ley. El estatuo T,, art. 15,6, y el EBEP., Art. 25. Da igual que seas fijo o temporal tienes derecho a trineios y al resto de derechos economicos. Sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares 04.02.2008. Tendras que denunciar. SALUDOS
19/05/2010 23:56
Muchas gracias otra vez. Ha habido un sólo contrato, y muchas prórrogas, con lo que como decía anteriormente, mi antigüedad es la del primer y único contrato (hace unos siete años). Mi contrato es por obra o servicio a tiempo completo.
Y no, no me pagan trienios. Los temporales, según convenio, estamos excluídos. Gracias por vuestras respuestas. Saludos.
19/05/2010 21:44
La admistracion local, es parte de la administracion Publica. Quiero decir que las leyes afectan por igual. Si en tu nomina pone la fecha inicial y no te pagan trienios, reclámalo. En cualquier juzgado lo tienes ganado. En lo que dices de ingresos por accion social, depende de que el comité (si lo hay) lo exija. Normalmente suele ser una cantidad del presupuesto a repartir, y no siempre tienen que estar excluidos los temporales sobre todo si la temporalidad dura 7 años seguidos.
19/05/2010 21:36
Hola:
Una pregunta me parece importante:

Ha habido sólo un contrato temporal que ha ido siendo renovado cada 6 meses ó, por el contrario, ha habido más de un contrato temporal?

¿Cuanto tiempo llevas así?

¿Qué modalidad de contrato eventual tienes?

Ya me dirás
19/05/2010 19:17
A Picachu33.
Muchas gracias por tu respuesta. El hecho de ser fijo o no, implica el tener los gastos de dentistas, oculistas, ortopedias... míos y de mis hijos pagados. Los temporales no tienen esas ventajas (según el convenio). Por otra parte, estoy pensando en comprarme una segunda vivienda y, claro, a la hora de la hipoteca no es lo mismo ante el banco ser fijo que temporal ¿no?

A Mirem: Gracias también por tu respuesta. Yo no se lo que pasa en la Administración Pública, pero en el ayuntamiento en el que yo trabajo, la mayoría del personal entra a dedo, sin oposiciones (yo por ejemplo). Por otra parte, decirte que no cobro antigüedad, aunque en mi nómina aparece la fecha del contrato inicial
19/05/2010 15:28
Gonzalez
En la Administración Pública nadie es fijo hasta que no ha pasado unas oposiciones o se haya hecho una estabilizacion de empleo (esta solo pueden hacer una). No se si te pagan antiguedad,( o qué tablas utilizan). Si no te la pagan debes reclamarla. Cuando hagan un ajuste de plazas, tendras más puntos ¿por que quieres negarte a firmar? Yo creo que eso iria en tu contra. SALUDOS
19/05/2010 13:50
El hecho de ser fijo o no te causa algun perjuicio, supone una perdida de derechos frente a los trabajdores fijos, ya sean economicos o de otra indole ?
Contratado en ayuntamiento
19/05/2010 12:57
Tengo un contrato temporal en un Ayuntamiento, que se prorroga cada seis meses desde hace ya siete años. Al consultar con un Asesor Laboral me dijo que, por supuesto, me podía considerar fijo en dicho ayuntamiento. No obstante, a mi me siguen haciendo firmar cada seis meses la prórroga (ya van como doce o trece). En cierta ocasión consulté también con un Subinspector de la Inspección de Trabajo que conocí, y me dijo que en el caso de los ayuntamientos era distinto, ya que el ir renovando los contratos podía ser un truco de los ayuntamientos para poder dejar fijos a los amiguitos del alcalde de turno. He ido a hablar mil veces con el concejal encargado del tema, y me dice que no me preocupe, que yo soy fijo pero...
¿Qué hago? ¿Me niego a firmar la próxima prórroga?