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Contratación

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Contratación
02/03/2008 22:29
Tengo una duda muy grande y quisiera saber si alguien puede indicarme que hacer.

Como es la primera vez que escribo en este foro nos se como explicarme, si alguien puede ayudarme y le quedan dudas, indico mi correo electrónico, esfergar@terra.es.

En el mes de septiembre de 1999 una administración pública local pide una subvención a una Orden determinada y con el importe de la misma paga a una empresa que contrata a un trabajador para que este realice su trabajo a jornada completa en la administración local. Esta situación con distintos contratos de obra se prolonga hasta diciembre de 2002 en que la mencionada empresa cesa su actividad, Desaparece y por lo tanto no puede seguir contratando al técnico que venía realizando su trabajo en la mencionada Administración Local.

La Administración Local al verse privada de este técnico convoca un concurso oposición en condiciones de igualdad mérito y capacidada para cubrir la plaza de técnico que quedó sin personal y a su vez solicita una subvención prorrogable 4 años para la contratación de la mencionada plaza. La misma persona que venía desempeñando esta función con anterioridad accede a la plaza tras el proceso de selección en el mes de junio de 2003.

Cuando finaliza el periodo subvencionable de 4 años y puesto que la plaza no aparece en la Relación de Puestos de Trabajo del la Administración Local que venía contratando a la técnico se finaliza su relación laboral con ella y finiquitan su contrato a pesar de estar publicado ya el Estatuto del Empleado Público que permite la contratación de interinos en estos casos. Esto denota una falta de interés en la contratación quizá por no generar derechos a la trabajadora puesto que al final de su último contrato en 2003 ya está en vigor la reforma laboral de junio de 2006 que garantiza la condición de fijo a quien tenga 24 meses trabajados con al menos dos contratos en la misma empresa.

La vulnerabilidad de sus derechos queda patente ADEMÁS puesto que la Administración considera necesario que el servicio que prestaba la persona contratada continúe funcionando y le ofrecen a la misma persona la prestación de servicios como profesional autónomo desde el día siguiente al fin de su contrato, el profesional accede y continúa con su trabajo sin mediar día alguno desde el mes de junio de 2003 realizando el mismo trabajo, las mismas funciones, en el mismo lugar y con los mismos medios.

En que situación se encuentra este profesional que lleva realizando el mismo trabajo desde el mes de septiembre de 1999 en la misma Administración Local?
Podría considerársele personal laboral fijo de la administración?
Los contratos de servicios dado que son para la ejecución del mismo trabajo se podrían considerar como continuidad a los contratos de obra y con espiritu de vulneración de la Ley para no general derechos a la trabajadora?
En la aplicación del nuevo estatuto del empleado público hay sentencias en las que la elección de indemnización o readmisión se le esté dando al empleado en lugar de a la administración?


Si alguien pudiera contestarme lo agradecería muchísimo puesto que en este momento y ya van cuatro, cada 4 meses debo renovar el contrato de servicios, me toca renovar la contratación y no sé que debo hacer, si prolongar esta situación o plantear una reclamación