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Contratación nuevo servicio comunitario

10 Comentarios
 
07/07/2017 16:46
Petrus
Vale, esto es lo que quería que se me confirmase.
Gracias por la respuesta.
03/07/2017 11:28
Petrus
Deben aplicar la regla prevista en el artículo 17.3 de la LPH.- El quórum establecido para el establecimiento del servicio común de interés general que refiere, require el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.


El acurdo debe ser aprobado en junta, al tratarse de la contratación de un nuevo servicio.


Saludos.
26/06/2017 15:32
amadeo2002
Hombre, tanto como "no es necesidad requerida", tampoco. Si se quiere contratar es porque si hace falta para sacar agua para el servicio de limpieza comunitaria. Hasta ahora los cubos que pedían los de la limpieza semanal se les daban por los propios vecinos, pero ya se han cansado de esta servidumbre. Para ello se ha decidido contratar un aforo propio para sacar el agua de la limpieza comunitaria.
No se discute la necesidad de contratar, sino la forma legal de adecuarla. Por aprobación en Junta o simplemente el Presidente va al Servicio Municipal de Aguas y lo contrata sin más preámbulos formales.
25/06/2017 13:36
Petrus
Perdón ahora lo he entendido bien, ustedes unicamente quieren poner un contador que de servicio a la comunidad, contador que actualmente no existe y que por tanto no es necesidad
requerida para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble,
por lo cual deberá ser aprobado según el art. 17.4 de la LPH
24/06/2017 19:21
Petrus
Cita:
amadeo2002
16/06/2017 12:23
USTED AHORA MISMO tiene contratado el servicio de agua en su piso con alguna compañía.

Todos los propietarios del bloque comunitario tenemos contratado el suministro particular de agua para cada piso.
La consulta viene referida al hecho de querer contratar una nueva acometida (contador) para uso genérico comunitario. Al tratarse de un nuevo servicio y por demás no presupuestado creo que se debería aprobar en formal Reunión de Propietarios y no dejarlo como una decisión del día a día, como ordinaria decisión del Administrador.
Ahí está el " Kit " de la cuestión.
24/06/2017 13:43
Nietos
cualquier persona puede representar a cualquier propietario si éste le firma el documento de representación. si se lo han dado siete, pues ha sido más avispado que ustedes.
24/06/2017 13:33
Petrus
Buenas tardes
Hace unos días tuvimos la reunión anual de la junta de la comunidad donde habito y soy propietario ( somos 18 chalets adosados con jardín y piscina comunitario )
Tenemos contratada a una empresa el mantenimiento y cuidado del jardín y la piscina. Dicha empresa es de un antiguo propietario que realiza el mismo los trabajos.
En la reunión de la junta se iba ha tratar si seguíamos contratándolo.
El citado empresario acudió a la reunión en representación de 7 propietarios, para votar que se volviera a contratar a su propia empresa,con el beneplácito del administrador.
Como los opositores no tuvimos mayoría, se aprobó volver a contratarlo.
¿ES posible que la empresa que se va a contratar pueda representar a los vecinos y votar a favor de su contratación ?
No lo entiendo
Espero alguna contestación
Gracias
16/06/2017 12:23
Petrus
USTED AHORA MISMO tiene contratado el servicio de agua en su piso con alguna compañia?
16/06/2017 08:48
Petrus
¿Nadie se atreve a dar su opinión sobre este tema? . Me urge porqué en mi comunidad quieren tirar adelante por las buenas sin aprobarlo en Junta.
Gracias anticipadas.
15/06/2017 13:13
Petrus
Valga decir además, que es un tema no presupuestado para el presente ejercicio y que se pretende contratar de nueva factura.
Contratación nuevo servicio comunitario
15/06/2017 12:12
Comunidad propietarios que quiere contratar el suministro de agua de la Cia. Municipal para uso genérico de la comunidad (cada propietario ya tiene contador para su uso doméstico).
El dilema es si para ello debe aprobarse en Formal Reunión de propietarios, o bien seria suficiente como decisión del día a día de la comunidad.
En principio parece que, siendo un nuevo servicio comunitario, debe aprobarse como acuerdo por mayoría simple en una reunión, Ordinaria o Extraordinaria.