De acuerdo con el art. 199 de la LUV, las empresas suministradoras de agua, energía eléctrica, gas, telefonía y telecomunicaciones deben exigir al titular de la obra o actividad, la acreditación de la obtención de la correspondiente licencia municipal.
Como muchas veces la tramitación de una licencia de actividad se retrasa, ¿es posible que el Ayuntamiento conceda una licencia especial para la contratación de suministros?