La pareja de hecho no se encuadra en el RETA sino en el RG, ya que el art. 7 y la DA 27º LGSS, así como el art. 3 Decreto 2530/1970, tan sólo hacen mención al cónyuge (injusto, ya que para las prestaciones de muerte y supervivencia, sí existe equiparación entre cónyuge y pareja de hecho... parece que en este país para poner la mano sí somos todos iguales, pero para cotizar y evitar fraudes, NO).
Ok. Suponia que era por eso. Es que me dio curiosidad porque tengo un cliente que hace unos 5 años monto una clinica veterinaria, la ayudante era la novia y claro, si siendo pareja de hecho hubiera estado bien el encuadramiento en el RG, no "siendo nada" por decirlo de alguna forma, mas aun, la ley nos habla, para el RETA de conyuge, no habla ni de parejas de hecho y por supuesto, novi@ no aparece por ningun lado, pero es algo que a veces me rondaba la cabeza, si podrian llegar algun dia los problemas, no se.....por poner un ejemplo, a la hora del desempleo (quien sabe, hoy estan juntos y mañana puede que ya no, nadie sabemos que nos va a pasar mas alla del dia de hoy), que pudieran decir que aunque no estuvieran casados, ni registrados en un registro de parejas de hecho, no dejaban de ser pareja, tenian una hija en comun, etc, etc.
"(injusto, ya que para las prestaciones de muerte y supervivencia, sí existe equiparación entre cónyuge y pareja de hecho... parece que en este país para poner la mano sí somos todos iguales, pero para cotizar y evitar fraudes, NO)".
No solo eso; para contabilizar las rentas de la unidad familiar en los subsidio por desempleo, la pareja de hecho deja de estar equiparado y, por lo tanto, no se tienen en cuenta sus rentas.