Hola Clara,
Esta misma duda se me ha planteado a mi con una empresa de colectividades.
Y la respuesta correcta es la segunda.
Al tramitar el alta en SS comienza a contar el plazo de dos años, cuando el trabajador es baja no se computa y con el nuevo alta comienza a computar de nuevo.
Lo puedes comprobar en los TA2 partes de alta, cuando tramites la segunda alta del trabajador abajo reflejan el periodo de subvención.
Para más seguridad haz la consulta a la SS lo puedes hacer a traves de su pagina web seg-social.es.
Hola!, una pregunta: Sabeis si la bonificación en la cuota prevista para la realización de un contrato fijo discontinuo, que es de 24 meses, quiere decir tiempo natural o timpo real?
Es decir, que si hay una bonificación para esta contratación de 24 meses, y el trabajador está solo contratado cuatro meses al año, ¿se apliacará la bonificación durante dos años (que son ocho meses efectivos de trabajo?, o durante 6 años (que son 24 meses efectivos de trabajo?
Gracias