Hola.
Tenía un piso alquilado a una señora y después esta señora se marcho y dejo en el piso a su hija y al novio de ésta por lo que se hizo un nuevo contrato a nombre de la hija y del novio pero se puso en el contrato que también quedaba la madre de un modo subsidiario asociada al alquiler del piso.
A día de hoy la hija y el novio se han ido, después de muchos problemas, ha dejado de paga muchas mensualidades y me dicen que como no tienen dinero que si quiero que les demande... yo sé que la madre tiene dinero (esta jubilada y tiene la pensión) y un coche.
Mis dudas son las siguientes:
1ª) Se podría demandar a los tres.
2ª) Sé que ellos no tienen nada ¿Sería mejor demandar sólo a la madre?
3ª) A la madre se le puede quitar dinero al tener una pensión o por el hecho de ser pensión no se puede coger nada?
4ª) ¿Podrían embargarla el coche?
Tenia pensado escribir una carta a los tres diciéndoles que si no me pagan voy a ir a juicio pero pienso que si hago esto puede suceder que la madre ponga el coche a nombre de otra persona para que no se le puedan embargar...
Mi mayor duda es si se puede demandar a la madre??
A la madre solamente no la puedes demandar, en tanto en cuando parece que es un deudor subsadiario, de las deudas y seguramente de las obligaciones.
Puedes demandar a los tres, hay litisconsorcio, (art.12 L.E.C), pero cuidado con las costas, habla primero con el procurador, los juicios se ganan o se pierden.
El coche se puede embargar, pero seguramente no será suficiente, pero tendrías una sentencia y entra en juego el art. 1911 C.c y art. 549 L.E.C , pero mejor asegurate en el foro de procesal.