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¿Contra esta sentencia no cabe recurso extraordinario alguno?

1 Comentarios
 
04/10/2021 19:41
Orbifold
Recursos extraordinarios son aquellos que solo proceden por unos motivos más o menos tasados. Cuando se indica que no cabe recurso ordinario ni extraordinario, quiere decir que no caben recursos ante la jurisdicción ordinaria (sin contar el incidente de nulidad, que no se considera recurso).

El recurso de amparo sí es un recurso extraordinario, pero no conoce de él la jurisdicción ordinaria. No es exigible formular recurso de casación contra resoluciones que no son susceptibles de él antes de recurrir en amparo, y de hecho hacerlo implica perder la oportunidad de recurrir en amparo porque el plazo para ello no empieza con la previsible inadmisión del recurso de casación innecesario, sino con la resolución que indebidamente se recurrió en casación.

La revisión es debatible si es un recurso (la LECivil no lo llama recurso, aunque otras leyes procesales sí), y en la medida en que pueda considerarse recurso es un recurso excepcional, no solo extraordinario.

Realmente "no cabe recurso ordinario ni extraordinario" quiere decir que no cabe ningún recurso ordinario ni tampoco el de casación ni el extraordinario por infracción procesal (ni el de suplicación, en el orden social).
¿contra esta sentencia no cabe recurso extraordinario alguno?
04/10/2021 16:11
He visto esto bastantes veces. Entiendo que una sentencia, por ejemplo, de un procedimiento abreviado contencioso, ponga que no cabe recurso ordinario. ¿Pero extraordinario? ¿No se puede poner siempre un recurso de amparo si se vulneran DDFF? Que además creo que por jurisprudencia exige que se ponga un recurso de casación aunque no sea procedente. También se podría poner un recurso de revisión contra una sentencia firme en ciertos casos.

¿Tal vez los recursos que he mencionado no tienen la categoría de extraordinarios?