Sólo si hay una cláusula en la que le avalista "renuncia a los beneficios de orden y excusión" podrán ir directamente contra él saltándose al avalado. El hecho de que el avalista pudiera conocer el paradero del avalado no tiene nada que ver.
Para ejecutar un título no judicial si el ejecutado se encuentra en el extranjero, el avalista en España, pero este conoce el domicilio en el extranjero de su avalado se ejecuta al avalista o se practica el requerimiento al ejecutado por medio de comisión rogatoria????