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Contestar un acta.

8 Comentarios
 
29/10/2009 23:08
Cuando digo que han estado patinando en el garaje, olvidé decir que es a oscuras y en completo silencio, con lo cual puedes toparte con ellos de forma violenta, cosa que parecía estar buscando el mencionado vecino. Es muy desagradable encontrarte con gte k solo busca gresca. ¿que hacemos los k solo keremos vivir en paz, disfruta y hacer deporte? es una reflexión, pero a la vez admito ideas que me sirvan de defensa. Gracias a todas las personas que han dado información.
29/10/2009 16:41
Chelinka, tiene razón, pero el caso es k la mesa de ping pong es el "chocolate de loro" en esta ocasión, porque hay irrregulaidades de verdad, como hcer uso de los bajos del edificio como si deun patio de escuela se tratara a la hora del recreo, con motos de batería, algunos vecinos han patinado de noche en los garajes, miran con prismáticos desde la ventana a la gente que toma el sol en la piscina, cuegan bicis en las paredes del garaje tapando y apoyándolas sobre una tuberia comun....aparcan en zonas comunes del garaje, así que como vera´, dentro de los mas de 2000 metros cuadrados de los bajos, y plegada tras un portal, lo de menos es la inocente mesa de ping pong, que tiene mas nivel que los vecinos que hay por akí.

Uno de los adorables, atornilló una barrandilla de hierro entre su plaza e garaje y la de la vecina de a lado solo por jorobar, se la hicieron quitar, claro.

Por eso lo decía......
29/10/2009 16:16
Por cierto impugnar una junta tiene un plazo de tres meses desde la recepcion del acta, ya que no asistio.

Necesita abogado y procurador y en el caso de perder seguramente le condenaran en costas y pagara tambien abogado y procurador de la parte contraria. Segun provincias, pongase en 3.000 o 4.000€.

¿Le merece la pena por no guardar una mesa de ping pong cada vez que la use?
29/10/2009 13:36
Indiscreta:

No dice si tiene o ha recibido el acta de esa junta, por un lado y por otro, creo que debe recoger la carta certificada como ya le aconseja Acriton en otro post. Si no sabe que pone en esa carta dificilmente podra tomar ningun tipo de actitud sentata al respecto.

Pongase en lo peor "que le requieran que quite la mesa de ping pong". Puede y debe hacerlo, ya le indica otro forero (siento no recordar el nik) que no tiene "derecho" a dejar sus propiedades en cualquier sitio.

Dicho esto, yo escribiria una carta al Sr. administrador pidiendo que se trate en junta las distintas irregularidades que ha descrito en sus post. Estaria obligado a incluirlo en el orden del dia de la siguiente junta. Usted ya estaria preparada con fotos y otras pruebas de ello y entre todos los propietarios se podrian tomar acuerdos sobre cada caso.

Por Otro lado, el Art. 7 de LPH:"Al propietario del piso o local les esta prohibido desarrollar en el o en el resto del inmueble actividades no permitidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilicitas.

El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerira a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesacion de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes."

Como ve no es necesario un acuerdo de la junta para llamarle la atencion sobre el asunto, ni a usted, ni a los otros propietarios.

un saludo y suerte
29/10/2009 10:59
chelinka, buenos dias:

He estado leyendo y como he puesto un post en el que se habla del mismo tema, quisiera saber con exactitud si no se especifica que haya habido votos, si tengo la obligación de recoger una carta certificada enviada po el administador, o en caso de no cogela, puedo enviar un escrito añadiendo que no estoy de acuerdo y k otros vecinos abusan cosas peores, como colgar bicis en una tubería o aparcar en zonas comunes del garaje, o abrir una ventana en e tejado. muchas gracias, es que prefiero creer que abogar por el fomento del deporte en lugar de los botellones es mucho más productivo. Y poner una mesa de ping pong en a urbaniacion plegado tas un portal, no hace daño a nadie
28/10/2009 14:06
El escrito para mostrar su oposicion (o voto contrario) al acuerdo en junta tiene de plazo 30 dias (la LPH no especifica si habiles o naturales). Si no acudio a la junta, empiezan a contar desde que se recibe el acta.

Respecto a que se "tomo" una decision en algo fuera del ordendel dia. Pues estrictamente considerado, no seria valido y aun menos si no hay una votacion expresa ( con votos a favor, en contra y abstenciones).

Para pedir que se modifique algun asunto del acta con el que no esta de acuerdo, distinto de "emitir" un voto contrario y que usted considere un error o defecto en el acta (seamos generosos e incluyamos aqui las mentiras o bobadas) debe remitir un escrito que no tiene mas plazo que la convocatoria de la siguiente junta, tres dias, tres meses o 11 meses y 29 dias.

Segun mi experiencia y segun usred cuenta no espere gran cosa despues de enviar el escrito para modificar el acta. En dos ocasiones he pedido a mi administrador que modifique un acta y he obtenodo "la callada" por respuesta.

Sin embargo, el tema de la votacion si que creo que debe pelearlo. Sin estar en el orden del dia y sin votacion expresa no creo que sea valido.



Un saludo
28/10/2009 13:02
Lo que pasa chelinka es que no dicen una verdad y todo lo que dicen son o bobadas o mentiras, aunque parezca mentira pero así es.

Eso por un lado y por otro dicen acudir a un abogado y que todos los vecinos aceptan, cuando allí se comentó pero no se votó. Además para tomar decisiones tiene que aparecer como punto en el orden del día y no aparece.

Entonces entiendo, corrigeme si no es así, que yo hago la réplica al acta y en la próxima reunión en los 30 días porque yo no asistí y en la próxima convocatoria la hacen efectiva.

Gracias.
Raquel Reus.
27/10/2009 13:48
Hola Raquel:
Veo que sigue con problemas.

Los 30 dias a los que se refiere son para el caso de no asistir a la junta y no estar dde acuerdo con el/los acuerdos tomados en ella. Hay 30 dias para enviar un escrito diciendo eso, que no se esta de acuerdo. Contabilizaria como un voto en contra, igual que si se hubiera votado en junta.

Respecto al acta. La LPH solo contempla "la subsanacion de errores o defectos" en el acta.
El plazo para para pedir esta rectificacion y para que esta se haga efectiva esta en la convocatoria de la siguiente, en la que se tendra que ratificar la subsanacion.

No se si lo que le pasa es que hay errores o que no esta de acuerdo con lo que se dice.

En cualquier caso puede contestar como quiera, no hay ningun protocolo para eso. Supongo que no se adjuntara el escrito al libro de actas, en cualquier caso si hay errores se "apunta" la correccion, una vez ratificado en junta y lo firmara el presidente, como las actas.

Un saludo y espero no estar equivocada.
Contestar un acta.
27/10/2009 12:52
Buenos días, es la primera vez que voy a contestar un acta y quisiera saber si hay algún modelo para hacerlo o cada uno lo hace como mejor le parece.

Yo pensaba ir poniendo la frase que voy a contestar y a continuación la contestación, ya que el acta está bastantes desestructurada y los párrafos poco definidos. ¿Estaría bien hecho?

Hay 30 días para contestarlas, pero ¿a partir del día siguiente a recibirlas o desde ese mismo día, y serían días hábiles o naturales?

¿Se puede enviar por correo electrónico o es mejor que te firmen el recibí?

Y estas contestaciones ¿cómo quedarían dentro del acta que se replica? Se adjunta al acta y queda el acta y la/s réplicas en el libro de actas.

Gracias por vuestras respuestas por adelantado. Es que no tengo ni idea de cómo funciona esto. ¿Lo contempla la LPH.?

Saludos.
Requel Reus