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Contestación fuera de plazo

4 Comentarios
 
26/09/2012 08:12
Yo por si acaso hablaría con el juzgado para ver si con la contestatción a la demanda te tiene por personado...no sea cosa que no te la admitan y no le den ningún efecto y tengas que presentar otro escrito para estar personado. Como han dicho una vez personado tienes derecho a todo...

Evidentemente lo de hablar con el juzgado lo haría una vez que me digan que está fuera de plazo, porque no se les suele pasar, pero tampoco es cuestión de hacerle el trabajo a la otra parte ;)
25/09/2012 22:22
totalmente de acuerdo. Incluso podrá proponer prueba en la audiencia previa, salvo la pericial y eso.
perfil cfg
25/09/2012 21:56
En cualquier caso si estas personado no veo porque no te van a hacer las notificaciones, si has contestado a la demanda aunque sea fuera de plazo yo no creo que estes en rebeldia ya que estas en el procedimiento, el problema es que te precluyo el tramite de contestacion. Salvo mejor opinion,
25/09/2012 21:48
Hola,
Artículo 497. Régimen de notificaciones.

1. La resolución que declare la rebeldía se notificará al demandado por correo, si su domicilio fuere conocido y, si no lo fuere, mediante edictos. Hecha esta notificación, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

Espero haberte ayudado, saludos
Contestación fuera de plazo
25/09/2012 12:29
Estimados compañeros ¿qué ocurre si se contesta una demanda fuera de plazo? alos treinta días en vez de los veinte. Aún se había declarado al demando en rebeldía. ¿Se nos notificarán las resoluciones futuras del procedimiento Gracias de antemano.