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Contestación demanda laboral

2 Comentarios
 
Contestación demanda laboral
14/11/2023 20:16
Buenas tardes, soy abogado novato y quisiera preguntarles ¿ cuando debo presentar el escrito de contestación de una demanda laboral por despido y reclamaciones de cantidades ?
15/11/2023 08:28
Hola compañero, bienvenido a la trinchera.

En el orden social los procedimientos son orales. Esto supone que la demanda se contesta en el acto de la vista oralmente, no por escrito. Puedes llevar nota de instructa y dársela a su señoría, que te la recogerá o no, si le da la gana.
Normalmente el abogado de la actora se ratifica en la demanda y hace sus alegaciones, tras lo que solicita el recibimiento del pleito a prueba. Acto seguido el demandado hace sus alegaciones y propone el recibimiento del pleito a prueba.
Se propone prueba por ambas partes y si el juez la admite, se practica. Una vez practicada la prueba, se presentan conclusiones y visto para sentencia.
Como es un procedimiento de despido, se invierte el orden de intervención de los letrados. Es decir, el actor se ratifica en la demanda pero no hace las alegaciones. Se da turno de palabra a la demandada para contestar a la demanda (alegaciones) y después interviene la actora. La inversión del orden se mantiene en la prueba y en conclusiones, es decir, después de la práctica de la prueba -testificales, documentales, periciales,,,- la demandada presenta conclusiones y después la actora.
Como realmente eres novato, (todos lo hemos sido) mi recomendación es que te vayas a la ciudad de la Justicia un par de días y entres en sala y veas como se desarrollan los juicios, Normalmente en la puerta de la sala ponen listado de vistas señaladas con la materia que versa cada uno. Entra a distintas salas y podrás ver ordinarios, despidos, seguridad social, etc. Se aprende mucho viendo a compañeros sobre como actuar (o no).
Normalmente los jueces si se dan cuenta que eres novato, ayudan, pero hay otros que son auténticos cerdos. Uno, en mi plaza, esperó a que empezara el acto de juicio para decirle al compañero (demandado) que era de primero de derecho que en social no se contesta a la demanda por escrito, delante del cliente y del público que había en sala. Suerte, y al toro
15/11/2023 20:49
pacog
Gracias compañero, una explicación clara y concisa, si, eso estoy haciendo, entrando en salas para ver como actúan los jueces y demás compañeros. Gracias de nuevo, no sabéis lo que ayuda una simple frase de otro profesional con experiencia.