D. XXXXXXX, Procurador de los Tribunales y de D. XXXXXXXXX, en virtud de apoderamiento “apud acta” ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO,
Que con fecha X de Mayo de 2006, le ha sido notificada a esta parte cédula de emplazamiento para contestar a la demanda de divorcio contenciosa presentada de contrario, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al emplazamiento, por lo que dentro del plazo legalmente establecido al efecto y mediante el presente escrito formulo CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSO.
Expresar que la asistencia jurídica de los intereses de mi mandante se llevará a cabo por la siguiente letrada del Ilustre Colegio de Abogados de XXXXX, Dña XXXXXXXX, colegiada núm. XXXX de ICAX
Todo ello en base a los siguientes,
HECHOS.
Primero.- De acuerdo con el correlativo de la demanda.
Segundo.- De acuerdo con el correlativo de la demanda
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- Jurisdicción y Competencia.- Conforme a lo establecido en el artículo 117.3 de la Constitución Española, los Art. 2.1, 9.2 y 22.3 de la LO 6/1985 de 1 julio, Ley Orgánica del Poder Judicial, los Juzgados y Tribunales españoles serán competentes para conocer en materia de divorcio, al poseer ambos cónyuges residencia habitual en España al tiempo de la demanda, y en concreto el orden jurisdiccional civil, siendo competente el Juzgado al que me dirijo, al tener los cónyuges su último domicilio conyugal en xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el Art. 769.1 de la LECiv.
II.- Capacidad para ser parte y legitimación.- Ostenta mi representado la plena capacidad para ser parte, como persona física , Art. 6.1 LECiv., al ser la persona demandada por la contraparte y siendo titular de la relación jurídico matrimonial, estando legitimada la contraparte por ser también interesada y titular de dicha relación.
III.- Procedimiento.- El establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IV, de la LEC. De conformidad con el Art. 770 LEC, s seguirán los trámites del juicio verbal, con las especialidades contenidas en el precepto legal citado.
IV.- Postulación y Representación.- Es preceptiva la intervención de Procurador habilitado en el territorio de este Juzgado, (Art. 23.1 LECiv), así como la asistencia de Letrado en ejercicio, Art. 31.1 LECiv, conforme dispone el Art. 750.1 de la LECiv.
V.- Fondo del Asunto.- De derecho sustantivo son de aplicación los artículos 86, 81, 90 y demás concordantes del Código Civil.
- El Art. 86 del Código Civil, que establece “Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración de matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81.”
- El Art. 81.21º del Código Civil, que establece “A petición de uno solo de los cónyuges una vez transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio ...”
- El Art.. 91 y ss. Del Código Civil, en lo que se refiere a los efectos inherentes a la disolución por divorcio del matrimonio.
- El Art.. 92 del Código Civil.: “ 1.La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos.
- Art. 93 del Código Civil.; “El Juez en todo caso determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento”. En la misma línea el Art. 142 del Código Civil.: “Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del Alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable...”
VI.- Intervención del Ministerio Fiscal.- Dada la presencia de hijos menores de edad del matrimonio, es preceptiva la intervención como parte del Ministerio Fiscal, según lo establecido en el Art. 749.1 LEC.
VII.- Efectos.- En lo que atañe a los efectos, estos serán los solicitados si son judicialmente aprobadas las pretensiones de esta parte.
VIII- Inscripción.- Art. 755 de la LEC sobre la inscripción de la Sentencia de Divorcio en el Registro Civil.
IX.- Costas.- El Art. 394 LEC que regula las costas que deberán ser impuestas a la parte demandada si se opusiera a las pretensiones aducidas en la presente demanda.
En virtud de lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO, Que tenga por presentado este escrito, junto con los documentos que lo acompaña, y sus copias, se sirva admitirlo, me tenga por personado en tiempo y forma en nombre del demandado y por CONTESTADA LA DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSA, interpuesta por Dña. xxxx xxxxx xxxxx, contra don xxxx xxxxx xxxx, y tras los tramites legales oportunos, con intervención del Ministerio Fiscal, en su día se dicte Sentencia por la que :
Primero.- Se declare la disolución del matrimonio, por divorcio, de D. xxxx xxxx xxxx y Dña. xxxx xxxxx xxxxx, con todos los efectos legales, inherentes a la mencionada declaración.
Segundo.- Sean fijadas como medidas definitivas, las que se mencionan a continuación, en los términos que siguen, que se insertaran en la parte dispositiva de la Sentencia con todos los datos preciso, para permitir, en su caso, la mejor ejecución, conforme a lo dispuesto en la LECiv.:
Por ser de Justicia que respetuosamente pido en .............. a ..............de 2006
PRIMER OTROSÍ DIGO, Que para el supuesto de que por esta parte se hubiera de subsanar eventuales defectos procésales de sus actos, se hace constar expresamente la voluntad de subsanación y de cumplimiento del Art. 231 de la LEC.
DE NUEVO SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por realizada la anterior manifestación a los efectos legales oportunos.
Por ser de Justicia que respetuosamente pido en .............. a ..............de 2006
Basicamente yo lo hago así, espero que te sirva de ayuda. Un saludo
Muchisimas gracias. Como contestación quiero oponerme a las medidas solicitadas de contrario (como principal, oponerme a todas), por que vamos a pedir la guarda y custodia (voy con el padre) , y subsidiaramente un convenio con otras condiciones.
Se supone que debo plantearlo bajo la forma de reconvención??
Un saludo