Necesito una orientación en este tema, estoy hecho un lío:
Antecedentes: demandaron a la madre y al hijo en un monitorio, me opuse negando la existencia de la deuda y que no reconocían la firma del documento privado de reconocimiento de deuda (lo hice para evitar la ejecución). El caso es que ahora han presentado la demanda via proced ordinario, y estoy en plazo para contestar, y aqui empiezan mis dudas..... Porque el documento en cuestión si esta firmado por el hijo, pero hay serias dudas comparando otras firmas de la madre que sea esa su firma........de ahí, que estaba pensando en la contestación, admitir la firma del hijo pero no de la madre..........., y me pregunto si eso es posible hacerlo en la misma contestación, y bajo una misma representación, o debo de decirle a uno de los dos que se busque otro abogado......???, por más que miro la LEC no encuentro nada al respecto.........
NOTA: El actor en su demanda ya ha solicitado una pericial caligráfica
La madre figura como avalista en ese documento de reconocimiento de deuda, de ahí que los hayan demandado tanto en el monitorio como en el ordinario a los dos.......