Efectivamente se ha de celebrar la Audiencia Previa y podemos desvirtuar la demanda con testificales, no obstante, hemos decidido finalmente probar suerte solicitando la nulidad con anterioridad a la audiencia previa por defectos en el emplazamiento. A ver si hay suerte...
Ha precluido el trámite de contestación, pero de lo que dice la autora del post, parece que vamos para A. Previa.
Si se ha personado, no hay rebeldía, en la A.Previa tendrás que intentar colar excepciones procesales apreciables de oficio y fijar hechos controvertidos si S.Sª se muestra flexible. Más documental no puedes, por lo que intenta desvirtuar la demanda con testificales.
Si es imposible la prueba con testifical y tampoco hay exc.procesales, conforme con el acuerdo como señala Redbaron. Ahora, convencer al letrado adverso y no pagar costas será harina de otro costal.
Lo que yo creo que pasara ese que se le declarara en rebeldía en el acto del juicio y se declara visto para sentencia, a no ser que la otra parte no alegue la falta de contestación a la demanda.
Intenta llegar a un acuerdo, es la única alternativa viable.
Tengo una Audiencia Previa a la que debo comparecer sin haber contestado a la demanda por causas imputables únicamente al cliente.
Parece ser que no recogió las citaciones que durante más de un año le fueron dejando los funcionarios del Juzgado en las distintas direcciones que constaban a su nombre (empresa y personal). Finalmente acudió al Juzgado y le notificaron únicamente la diligencia de ordenación con el día de celebración de la Audiencia Previa.
El cliente indica que firmó una comparecencia/recepción de la notificación de la celebración de la audiencia previa, pero no tenemos copia de ello. Tampoco consta que se le haya declarado en rebeldía.
El procurador ha acudido al Juzgado para saber lo ocurrido y nos dice lo siguiente:
“He mirado en el Juzgado el procedimiento y me indican que han estado aproximadamente un año intentando notificarle la demanda a la empresa. Primero se notificó en S.M. que fue negativo, posteriormente en C/ d.p donde también fue negativo y volvieron a notificarles varias veces en ambos domicilios. En uno de ellos me comenta la funcionaria que “ A.R.” se negó a recoger la documentación y en otras de las veces indicó el SAC que “estaban de viaje”. Finalmente, ante varios intentos, notificaron por edictos.
La persona que se negó a recoger la citación no trabaja en la empresa del cliente. Es un despacho compartido entre dos empresas.
Tras estos intentos fue cuando en marzo de 2014 el cliente fue al Juzgado y le notificaron el día de celebración de la Audiencia Previa para el próximo 30 de septiembre. El cliente viaja mucho de forma discontinua y cuando llevaban las citaciones no estaba, pero se ausentaba 1 o 2 semanas, por lo que al llegar tenía constancia de las citaciones, aunque nunca fue al Juzgado para averiguar qué eran.
Así las cosas, entiendo que no podemos solicitar la nulidad del procedimiento. También que no puedo aportar documentos porque el plazo me ha precluido. No obstante, quería saber si hay algún “resquicio” legal al cual agarrarnos.
Por otro lado, mi duda es en qué momento de la Audiencia Previa es el más correcto para intentar "contestar la demanda". Se que es imposible en este momento procesal, pero en algún momento podré decir alguna cosa ¿es mejor esperar a fijar los hechos controvertidos?