Hola a todos,
Estoy muy preocupada por lo q me ha pasado... Vereis me llegó un caso del turno de oficio, una ejecucion de titulos no judiciales, yo pensaba que al estar suspendido el plazo por justicia gratuita, hasta q los juzgados no reanudasen el plazo no se alzaba la suspension... Para mi sorpresa la secretaria judicial no me admitio a tramite la contesta x estar fuera de plazo. Presenté todos los recursos q la lec me permite, siendo todos ellos desestimados... En julio me ha llegado el embargo de los bienes de la clienta.
No se que consecuencias me puede acarrear esto, la clienta esbastante 'liianta' y no entra a razones... Solo llevo 8 meses en el turno y la verdad que ni duermo con este tema... Alguien me puede decir qué consecuencias puedo tener? Estoy muy asustada... Gracias de antemano y saludos!
El plazo suele suspenderse hasta la designación de Abogado, no hasta la resolución de la Justicia Gratuita. Por otro lado es importante saber si la deuda reclamada era correcta o no, y si existían motivos razonables para oponerse a la ejecución.
Si un Letrado no actúa según su leal saber y entender o comete alguna negligencia clara en su trabajo, pueden reclamarle daños y perjuicios, de difícil valoración, por cuanto no puede saberse el resultado de un procedimiento si se hubiera actuado de otra forma, que, al final, caso de condena abonaría su seguro.
la cuantía era correcta y al ser un contrato mercantil no había muchas causas de oposición (la clienta dice que la cuantía era incorrecta, pero con la documentación que ella me dió, los intereses y demás estaban bien).
En fin, yo consulté al procurador sobre los plazos y me dijo que en los juzgados no tenian conocimiento... frente a eso yo calculé el plazo a partir de la providencia del juzgado por la que se reanudaba los plazos. Según dicha providencia, retrotrayeron los plazos a partir de la desgina provisional de letrado...
Me quedo más tranquila sabiendo que el seguro abonaría una supuesta cantidad...