Puede poner "pagado por transferencia", y en ese caso convendría grapar el justificante de la transferencia junto al recibo. Y lo mismo si se señalase "pagado por ingreso en cuenta"; aún así lo fundamental es que el emisor del recibo escriba "recibí" y lo firme.
Obviamente, el emisor querrá ver el justificante del ingreso o transferencia antes de firmar el "recibí", y posiblemente no lo firme hasta que no compruebe que el dinero llegó a su cuenta. Todo esto no tiene ninguna importancia si se paga en metálico.
Existe la posibilidad de revocar transferencias, como se puede ver en este enlace:
Los datos del emisor y su NIF no son obligatorios.
Fecha y lugar.
Concepto: "alquiler del inmueble _____, mensualidad de _____."
Importe (según el Código de Comercio, en pesetas).
Nombre y firma del emisor que también es receptor del pago.
Debe contener la palabra "recibí" o "he recibido". Alternativamente podrá indicar una forma de pago a la que se remitirá su valor liberatorio.
Hasta donde yo sé, un recibo no debe estar numerado, una factura si; hasta donde yo sé, un recibo no debe contener mención alguna sobre fiscalidad de los bienes y servicios.
Quería saber lo que contiene, "cada dato" que es obligatorio y debe contener un recibo de pago de alquiler que debe dar el arrendador al arrendatario.
Así sabré si un recibo está completo o no.
Gracias.