Por más post que leo siempre se habla de notificación fehaciente. Creo que eso se refiere a que debe realizarse por notario o por burofax. Pero, me podeis decir qué debe contener una notificación fehaciente de reclamación de indemnización por accidente de tráfico. Gracias.
más que "notificación" fehaciente, yo hablaría de "requerimiento" fehaciente.
bueno, es una carta en la que dices:
"le escribo reclamando x euros por el accidente (dando detalles), le requiero para que, en un plazo de x días pague o voy al juzgado"
el contenido de la carta (burofax, requerimiento notarial, etc...) es el requerimiento, y "fehaciente", quiere decir que puedes demostrar el contenido en un Juzgado, como puede ser un requerimiento notarial, aunque ahora está más de moda el burofax, porque te sellan la copia y te cuesta alrededor de 12 euros (requerimiento notarial puede llegar a 100 euros).
¿Y si no sabes la cantidad a reclamar? En mi caso, los daños fueron a mí y el informe médico no detalla cantidad alguna. No hay informe del forense porque no denuncié al ser lesión pequeña (me lastimó el cinturón de seguridad). Gracias.
Mira, si lo que quieres es ejercer la acción penal (recomendable si hay accidente de tráfico con lesiones), ésta prescribe a los 6 meses, pero habrás de presentar denuncia en este periodo.
Si lo que quieres es ejercer la acción civil, ésta prescribe al año, y si interrumpes la prescripción con requerimiento fehaciente, tendrás otro año y así hasta le infinito (aunque hay jurisprudencia acerca del abuso de derecho).