El tribunal economico administrativo regional de galicia dicta resolución desestimatoria contra la reclamación inerpuesta por una liquidación provisional de IRPF de un empresario autónomo.
1/ Tribunal competente: La Sala de los contencioso de TSL de galicia.
2/ Por tanto es necesario procurador y abogado.
3/Procedimiento: Ordinario.
4/ Cabría aplicar, si me interesa, el art. 45.5 e iniciarlo directamente con demanda.
Que opinais de estas afirmaciones. ¿Estoy en lo cierto?
El tribunal economico administrativo regional de galicia dicta resolución desestimatoria contra la reclamación inerpuesta por una liquidación provisional de IRPF de un empresario autónomo.
Quiero recurrla al contencioso.
Quien es competente: Creo entender que la sala de los contencioso de TSL de galicia. Entonces necesitaremos procurador obligatoriamente.
¿Sería un procedimiento ordinario?
¿Estoy en lo cierto?