Buenas tardes, aunque he preguntado lo siguiente en la parte de "social", la hago por aquí por si se tratara de una cuestión procesal:
Me gustaría saber (en materia civil) qué criterio/s tiene la SS para reclamar los gastos médicos de un accidente en materia extracontractual.
Soy extranjero, y me da la sensación de que no hay realmente. En unos casos veo que se envía una carta informativa a la víctima, en otros que se reclaman los gastos médicos y que la víctima los reclama al responsable civil en la demanda. ¿Podrían decirme algo más al respecto?