Me gustaría saber (en materia civil) qué criterio/s tiene la SS para reclamar los gastos médicos de un accidente en materia extracontractual.
Soy extranjero, y me da la sensación de que no hay realmente. En unos casos veo que se envía una carta informativa a la víctima, en otros que se reclaman los gastos médicos y que la víctima los reclama al responsable civil en la demanda. ¿Podrían decirme algo más al respecto?
Hola. Si la víctima es un beneficiario de la seguridad social ( pensionista, desempleado, trabajador, etc) la Seguridad Social no reclama los gastos a la víctima.
Los reclama a la persona, o aseguradora culpable del accidente.
¿Podría explicar un poco más el caso?
Saludos
Hola, muchas gracias por tu respuesta.
No hay caso en realidad, solo me extraña encontrarme casos en los que la SS reclama y otras en que no.
¿Cómo tiene conocimiento la SS de que hay culpable o aseguradora? ¿Sabrías decirme un texto legal que yo pueda leer para aprender más del tema? Por ejemplo, cómo inicia proceso en caso de negativa o si puede intervenir en un proceso civil ya iniciado entre víctima y responsable.
Mil gracias
Hola. La seguridad Social se entera del culpable por cuanto lo pregunta a la víctima cuando lo atiende.
Por ejemplo si soy víctima de un accidente de tráfico me preguntarán como fue y a través de la policía averiguan la compañía aseguradora a la que reclamarán los gastos médicos.
Antes no se hacía ahora desde hace bastantes años es lo habitual.
No soy experto en temas civiles
Saludos