Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contencioso ¿ordinario o abreviado?

0 Comentarios
 
Contencioso ¿ordinario o abreviado?
perfil Bri
27/12/2010 05:38
He recibido Auto del TSJ en relación con un contencioso interpuesto contra un organismo oficial.

En el auto la Sala acuerda fijar en indeterminada la cuantía del pleito y recibir el recurso a prueba, así que va por el procedimiento ordinario.

Yo, como parte actora, fijé en menos de 120 euros la cuantía del pleito. La demandada, en su contestción, no fija cantidad ninguna, sencillamente porque alega no proceder.

¿He de recurrir el auto?

Me urge, tengo 5 días de plazo.