Necesitas abogado salvo que seas funcionaria y se trate de una cuestión de personal(artículo 23 de la Ley 29/1998,de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
Y también tienes que acreditar la representación,artículos 78 y 45.2 a.
Tengo que presentar un contencioso administrativo por importe de unos 300 euros y no sé si se necesita abogado, y en el caso de que asi fuera, debería de presentar poder?