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Contencioso-Administrativo

1 Comentarios
 
17/06/2016 10:44
Entiendo que sí, porque en la vía administrativa puede entenderse que las alegaciones se han hecho por el marido en nombre y representación tmb de su mujer
Contencioso-administrativo
16/06/2016 10:08
Buenos días:

Mis clientes, un matrimonio, vendieron el año pasado un inmueble.

Por la transmisión, el Ayuntamento giró la correspondiente plusvalía, pero únicamente a nombre del marido. La plusvalía se abonó y posteriormente el marido interpuso alegaciones en vía administrativoa, únicamente a su nombre, solicitando la devolución del importe abonado, entendiendo que era indebido de conformidad con la jurisprudencia actual en la materia.

Me encuentro ahora que tenemos que iniciar la vía Contencioso-Administrativa. Entiendo que como ambos cónyuges son sujetos pasivos del IIVTNU, ambos deberían reclamar, no obstante, en vía administrativa sólo reclamó el marido.

¿Ouedo ahora inicar la reclamación contenciosa en nombre de los dos?


Gracias.

Laly.