Desde luego el abogado de la administración lo único que va a hacer es alegar que el recurso no se presentó en plazo y, desde mi punto de vista, dudo mucho que se llegue al fondo del asunto.
Dudo mucho que sea rentable presentar un recurso contencioso.
El día 26/09/2009 interpuse RECLAMACION ECONÓMICA-ADMINISTRATIVA ante el TEAR de Illes Balears, relativa a la exención del Impuesto de Matriculación de un obligado tributario que cumplía la condición de minusválido y familia numerosa, ya que la Dependencia de Aduanas e II.EE., le reclamaba el pago de dicho impuesto por no haberlo solicitado con carácter rogado.
El TEAR falla el recurso alegando extenporaneidad, ya que calculé mal los plazos. Por ello solicitó sus opiniones relativas a si la interposición de RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO se va a limitar, previa a la discusión de fondo, precisamente a esa "extemporaneidad", ya que efectivamente estaba fuera de plazo. Me agracaría conocer sus opiniones para saber si sería perder el tiempo o pueden prosperar mis pretensiones, ya que dispongo de abundante jurisprudencia que falla a favor del obligado tributario en caso de presentar la solicitud en el momento posterior a la matriculación y se trata de un vehículo familiar de gama alta, por lo que el importe del impuesto es importante.
Muchas gracias.