HECHOS: 22/03/2006. Publicación en el BOE de una Resolución declarando desierta una plaza a cubrir por concurso. El acto no pone fin a la vía administrativa.
24/04/2006. Se interpone el correspondiente recurso de alzada.
30/05/2006. Se notifica la resolución del recurso, desestimándolo la Administración por extemporáneo y sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
PREGUNTA. Suponiendo que se interpone Recurso Contencioso Administrativo dentro del plazo legal ¿Se puede solicitar al tribunal que se pronuncie sobre el fondo del asunto?, o si por el contrario, como el recurso de alzada se interpuso fuera de plazo, ya no es posible que el tribunal se pronuncie sobre el fondo y solo sea posible considerar si el recurso de alzada es extemporáneo o no.
Muchas gracias.
Efectivamente, no decidirán sobre el fondo del asunto, has dejado pasar el plazo para la interposición del recurso de alzada y por lo tanto se entiende que estás de acuerdo con él. Sobre la no estimación del recurso por extemporáneo, es muy dificil que lo ganes, que vas a alegar?