Gracias .Es lo que voy a hacer. Lo que pasa es que entonces será un informe pericial por perito designado y pagado por mi cliente.Le citaré a la vista para que se ratifique pero me servira de algo un perito aportado por mi?
Hola, en el procedimiento abreviado los informes periciales se han de aportar con la demanda, puesto que no son aplicables las normas sobre insaculación de peritos ( art 78.16 LRJCA), salvo mejor opinión
un saludo
Hola compañer@s:
Estoy un poco perdido. tengo me primer contencioso abreviado y tengo dudas sobre todo con la prueba. ¿Es preferible aportar con la demanda un informe pericial para reforzar unos hechos que ni siquiera se si el Ayto va a discutir o esperar a la vista y en función de la contestación del Ayto proponer en ese momento la designación de un perito independiente? Es posioble esto último?
Alguien podría explizarme un poco como va esta vista?